Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 267
Corrección de errores advertidos en la Resolución del Consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se aprueba inicialmente el proyecto de urbanización y el proyecto de distribución de beneficios y cargas de la reserva estratégica de suelo RES 47/08, al amparo de la Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública
En el Boletín Oficial de les Illes Balears núm. 170, de 19 de diciembre de 2019, se publicó la Resolución del Consejero de Movilidad y Vivienda de 3 de diciembre de 2019, por la cual se aprueba inicialmente el proyecto de urbanización y el proyecto de distribución de beneficios y cargas de la reserva estratégica de suelo RES 47/08, al amparo de la Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública.
Se han observado dos errores en la publicación en relación al enunciado de la resolución y a la fecha en la cual el Consejo de Gobierno acordó la aprobación definitiva de las normas subsidiarias y complementarias del planeamiento de la reserva estratégica de suelo de Son Güells-Palma (exp. RES núm 47).
Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; asimismo, la rectificación de errores ha de especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se ha de notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Corregir el error advertido en relación al enunciado de la resolución.
Donde dice:
Resolución del Consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se aprueba inicialmente el proyecto de urbanización y el proyecto de distribución de beneficios y cargas de la reserva estratégica de suelo RES 47/08, al amparo de la Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública
Ha de decir:
Resolución del Consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se aprueba inicialmente el proyecto de distribución de beneficios y cargas de la reserva estratégica de suelo RES 47/08, al amparo de la Ley 5/2008, de 14 de mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública
2. Corregir el error advertido en el apartado Hechos de la resolución.
Donde dice:
El 9 de abril de 2010 el Consejo de Gobierno acordó la aprobación definitiva de las normas subsidiarias y complementarias del planeamiento de la reserva estratégica de suelo de Son Güells-Palma (exp. RES número 47).
Ha de decir:
El 25 de octubre de 2013, el Consejo de Gobierno acordó la aprobación definitiva de las normas subsidiarias y complementarias del planeamiento de la reserva estratégica de suelo de Son Güells-Palma (exp. RES número 47).
3. Publicar esta Resolución en el BOIB.
Palma, 9 de enero de 2020
El Consejero de Movilidad y Vivienda
Marc Pons i Pons