Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 257
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, de fecha 16.12.2019 relativo al acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, de fecha 16.12.2019, relativo a la concesión de ayudas para reparar los daños ocasionados y las pérdidas producidas en empresas, profesionales y trabajadores por cuenta propia por la avería eléctrica de los días 28,29,30 i 31 de octubre de 2018 a la isla de Menorca, a consecuencia del tornado de día 28 de octubre de 2018 (Exp.3315-2019-000001)
Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en la sesión de carácter extraordinario de 24 de mayo de 2019, aprobó la convocatoria y las bases que rigen las ayudas para reparar los daños ocasionados y las pérdidas producidas en empresas, profesionales y trabajadores por cuenta propia, por la avería eléctrica de los días 28, 29, 30 y 31 de octubre de 2018 en la isla de Menorca, como consecuencia del tornado de día 28 de octubre de 2018.
El objecto de esta convocatoria es contribuir a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en las actividades industriales, comerciales, mercantiles, de servicios y turísticas, así como a profesionales y trabajadores por cuenta propia, producidos en la isla de Menorca por la avería eléctrica de los días 28,29,30 y 31 de octubre de 2018, como consecuencia del tornado de 28 de octubre de 2018.
2. El plazo de presentación de solicitudes y de justificación terminó el pasado 22 de julio de 2019 y se han presentado un total de 52 solicitudes.
3. El importe global máximo de las ayudas y el crédito presupuestario es el siguiente:
- Partida: 5.43900.4790001
- Importe global: 100.000 €
4. El importe máximo de las ayudas por beneficiario, será:
- En el caso de actividades industriales, actividades de comercio al por mayor y actividades de mantenimiento y reparación de vehículos a motor, tres mil ochocientos cuarenta y seis euros con quince céntimos de euro (3.846,15 €) por beneficiario.
- Para el resto de actividades comerciales, de servicios y profesionales, mil ciento cincuenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos de euro (1.153,85 €) por beneficiario.
- En el caso de empresas turísticas, tres mil ochocientos cuarenta y seis euros con quince céntimos de euro (3.846,15 €) por beneficiario, para las empresas de alojamiento previstas en el artículo 31,1 y en la disposición adicional octava de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Islas Baleares; y mil ciento cincuenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos de euro (1.153,85 €) por beneficiario, para las empresas previstas en las letras d, e, f i g del artículo 26.1 de la Ley 8/2012.
En el caso que un mismo solicitante presente más de una solicitud, se establece que el importe máximo por beneficiario será de cinco mil euros (5.000€).
5. Según la base cuarta se consideran actuaciones subvencionables las siguientes, siempre que tengan relación directa y determinante con los hechos causantes de la solicitud de ayuda de acuerdo con el objeto de la convocatoria:
a) La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales para el desarrollo de la actividad económica, así como de las existencias y los productos propios derivados de su actividad, bien sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valoración anterior al tornado y la posterior avería eléctrica, que hayan quedado inservibles o no comercializables.
b) La reparación de los daños o la sustitución de maquinaria, equipos de trabajo y equipos informáticos afectos a las actividades industriales, comerciales, mercantiles, de servicios y turísticas, así como a profesionales y trabajadores por cuenta propia, que hayan sufrido daños como consecuencia del tornado y posterior corte del suministro eléctrico.
6. La base octava fija los criterios que se tendrán en cuenta para la concesión de las ayudas y la determinación del importe de la subvención. Esta base establece que el importe máximo de las ayudas por beneficiario será :
a) En el caso de actividades industriales, actividades de comercio al por mayor y actividades de mantenimiento y reparación de vehículos a motor, tres mil ochocientos cuarenta y seis euros con quince céntimos de euro (3.846,15€) por beneficiario.
b) El resto de actividades comerciales, de servicios y profesionales, mil ciento cincuenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos de euro (1.153,85 euros) por beneficiario.
c) En el caso de empresas turísticas, tres mil ochocientos cuarenta y seis euros con quince céntimos de euro (3.846,15€) por beneficiario, en el caso de las empresas de alojamiento previstas en el artículo 31.1 y en la disposición adicional octava de la Ley 8/2012 de 19 de julio del turismo de las Islas Baleares; y mil ciento cincuenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos de euro (1.153,85€) por beneficiario, en el caso de las empresas previstas en las letras d, e, f i g del artículo 26.1 de la Ley 8/2012.
En el caso de que un mismo solicitante presentara más de una solicitud, se establece que el importe máximo por beneficiario será de cinco mil euros (5.000€).
En ningún caso la cuantía de las ayudas, junto con las concedidas por el resto de las administraciones públicas u organismos públicos nacionales o internacionales, y las indemnizaciones que puedan percibir los damnificados de los seguros contratados, podrá superar el importe total del objecto de la actividad subvencionada.
7. La base undécima fija que el término para justificar los gastos objeto de subvención termina el mismo día que finaliza el plazo de presentación de la solicitud de subvención, y que se tiene que presentar junto con ésta.
8. La comisión evaluadora de estas ayudas se reunió el pasado 2 de diciembre de 2019 y emitió su propuesta de acuerdo.
Por todo lo expuesto, de acuerdo con la normativa básica aplicable al Consell Insular de Menorca, en materia de subvenciones;
Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio, se acuerda,
Primero.- Conceder y tramitar el pago de la cantidad total de treinta y un mil quinientos sesenta y tres euros con treinta y tres céntimos de euro (31.563,33 €), de la partida 5.43900.4790001 del presupuesto del CIM para el año 2019, a los solicitantes que se indiquen de las ayudas para reparar los daños ocasionados y las pérdidas producidas en empresas, profesionales y trabajadores por cuenta propia por la avería eléctrica de los días 28, 29, 30 y 31 de octubre de 2018 en la isla de Menorca a consecuencia del tornado del día 28 de octubre de 2018 (BOIB núm. 82 de 20 de junio de 2019):
EXP. |
DNI/CIF |
SOLICITANTE |
IMPORTE PROPUESTO |
---|---|---|---|
6 |
41734565F |
IGNACIO PONS SINTES |
680,41 € |
11 |
A07022254 |
PROMOTORA MENORQUINA DE TURISMO, SA |
389,75 € |
16 |
B07566730 |
FEBRER SERRA, SL |
3.846,15 € |
24 |
B07876295 |
MENORCA COMERÇ, SL |
1.153,85 € |
27 |
B57076523 |
Q HOTELS SUN RESORT, SL |
1.327,04 € |
28 |
B57076523 |
Q HOTELS SUN RESORT, SL |
3.672,96 € |
29 |
B57110611 |
CARNISSERIA I MENJARS FEBRER, SL |
3.846,15 € |
33 |
B57653453 |
FRANKIE'S MANOLO BAR, SL |
1.008,20 € |
34 |
B57690281 |
BALMAR MENORCA, SL |
1.153,85 € |
35 |
B57694432 |
IMPULS ALIMENTACIÓ, SL |
3.327,82 € |
37 |
B57750689 |
SOUVENIRS SA TORRE, SL |
186,65 € |
38 |
B57809741 |
HELADOS TORRES SALORD, SL |
3.846,15 € |
39 |
B57855538 |
CARNICERIA ECOCARN, SL |
1.153,85 € |
41 |
B57890840 |
ESPACIO CUSTOM MENORCA, SL |
1.153,85 € |
42 |
B57898793 |
AVENTURA MENORCA, SL |
201,25 € |
43 |
B57910697 |
HERBERA BAKERY, SL |
1.153,85 € |
44 |
B57915852 |
SMOIX 2011, SL |
1.153,85 € |
46 |
B57947343 |
EL POLLO DE CIUTADELLA, SL |
1.153,85 € |
47 |
B57948986 |
CA'N PADET, SL |
1.153,85 € |
|
|
TOTAL CONCEDIDO |
31.563,33 € |
Segundo.- Informar a los beneficiarios que estas ayudas son compatibles con la concesión de otras ayudas, sin perjuicio de la obligación de los beneficiarios de comunicarlo al Consell Insular de Menorca en la forma establecida en las bases. No obstante lo anterior, el importe de las subvenciones o las ayudas que se concedan no puede superar, en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.
Tercero.- Expedir un certificado de la Intervención del Consell Insular de Menorca que incluya la relación de personas solicitantes de la ayuda y el importe que ha percibido cada una de ellas.
Cuarto.- Denegar la ayuda a los solicitantes que figuran a continuación por el motivo que se señala en cada caso:
EXP |
DNI/CIF |
SOLICITANTE |
MOTIVO |
---|---|---|---|
1 |
04131628T |
CARLOS HERNÁNDEZ ROMÁN |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
2 |
06197949R |
ANTONIO MIGUEL SÁNCHEZ GARCIA |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
3 |
09304848Z |
JOSÉ MARIA PEON RODRÍGUEZ |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
4 |
24766635M |
GONZALO ORPEZ MESA |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago ni anexo III cumplimentado |
5 |
35116296B |
ALBERTO ALMARAZ MIERA |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago ni anexo III cumplimentado |
7 |
41736272N |
JOSÉ MARIA AGUSTI FEDELICH |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago ni anexo III cumplimentado |
8 |
41739465P |
DANIEL LARIEQUE VENTURA |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago |
9 |
41739713A |
GLORIA GELABERT MARQUÉS |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago |
10 |
41740541A |
MARTA RODRÍGUEZ URIS |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
12 |
A07066467 |
JAIME MASCARÓ, SA |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
13 |
A07085335 |
CÁMARAS FRIGORÍFICAS, SA |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago |
14 |
A08550006 |
ARENAL D'EN CASTELL, SA |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
15 |
B07281785 |
LOAR FERRERIES, SL |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
17 |
B07569379 |
ANTÒNIA LLORENS SALORD, SL |
No presenta enmienda deficiencias |
18 |
B07577059 |
CASH MENORCA, SL |
No presenta enmienda deficiencias |
19 |
B07598311 |
TACONES PRATS, SL |
No presenta enmienda deficiencias |
20 |
B07633027 |
ÓPTICA CIUTADELLA, SL |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
21 |
B07756877 |
PONS ROMAN, SL |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago ni anexo III rectificado |
22 |
B07799869 |
TALLER DE PLANXA I PINTURA FEBRER, SL |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
23 |
B07848872 |
PEDRO CAPÓ CASASNOVAS, SL |
No enmienda deficiencias (base undécima)– no presenta justificantes de pago |
25 |
B16553224 |
OBRES TOMEU MARQUÉS, SL |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
26 |
B16573446 |
ESPAI SMOIX, SL |
No presenta enmienda deficiencias |
30 |
B57394793 |
LA GUITARRA CIUTADELLA, SL |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago |
31 |
B57403297 |
ELCO ASESORES FISCALES Y LABORALES, SL |
No presenta enmienda deficiencias |
32 |
B57549917 |
DECORACIO CIUTADELLA, SL |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
36 |
B57694937 |
EMBOTITS RAIMA, SL |
El seguro le ha cubierto las pérdidas hasta el límite justificado |
40 |
B57864209 |
GASOLINA Y GASOILS LOW COST MENORCA, SL |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
45 |
B57916967 |
DIETÈTICA I SALUT FONOLL MARÍ, SL |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta facturas |
48 |
E57948101 |
ES TAST DE NA SÍLVIA, CB |
No enmienda deficiencias (base undécima) – no presenta justificantes de pago ni anexo III cumplimentado |
49 |
J07886054 |
RAFAL FORT, SRM |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
50 |
J57887077 |
NOU FUSION, SC |
No presenta enmienda deficiencias |
51 |
X3091071D |
DARREN BRASLEY GREEN |
No son actuaciones subvencionables (base 4a) |
52 |
78305582N |
PAULINA MORILLO PONS |
Solicitud presentada fuera de plazo |
Quinto.- Presentar el certificado justificativo mencionado en el punto tercero ante la Consejeria de Administraciones Públicas y Modernización, en cumplimiento del que establece la cláusula quinta del Convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consell Insular de Menorca, de medidas para reparar las pérdidas y los daños producidos por el tornado del día 28 de octubre de 2018 en diferentes municipios de la isla de Menorca.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 9 de enero de 2020
Por delegación de la presidenta,
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavio Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB nº 97 de 16-7-2019)