Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 128
Acuerdo del Ple del 19 de diciembre de 2019 de aprobar la jornada de trabajo general de 35 horas efectivas semanales en el ámbito del Ajuntament de Ciutadella de Menorca (expt. 2019/009708)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ple del Ajuntament, en sesión ordinaria de día 19-12-2019, adoptó, en el punto tercero del orden de día, el siguiente acuerdo:

«PRIMERO. Establecer, de conformidad con la posibilidad prevista en el punto segundo de la DA144a de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, y con efectos desde el 1 de febrero de 2020, una jornada de trabajo general para el personal funcionario y laboral al servicio del Ajuntament de Ciutadella de Menorca de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio, en cómputo anual, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan.

SEGUNDO. Continuar las negociaciones oportunas con el fin de intentar alcanzar mejoras en la realización de los diferentes servicios municipales, y, en especial, de los colectivos sometidos a jornadas especiales existentes o que, en su caso, se puedan establecer.

Se deberán dictar las instrucciones que correspondan a los efectos para cada colectivo de personal, de conformidad con las necesidades de los servicios municipales.

TERCERO. Autorizar a los organismos autónomos municipales, al Patronat Municipal de l'Hospital y al Patronat Municipal d'Escoles Infantils para que se adhieran a la implantación de la jornada de trabajo general de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio, en cómputo anual, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o, en su caso, que se establezcan; todo ello, teniendo en cuenta el cumplimiento de las condiciones y las limitaciones establecidas por la DA144a de la LPGE 2018.

CUARTO. Declarar la decisión del consistorio de impulsar los procesos de estabilización de la ocupación temporal de las plazas de personal estructural de plantilla que, estando dotadas presupuestariamente, hayan sido ocupadas temporalmente e ininterrumpidamente durante más de tres años, de acuerdo con la legislación de presupuestos del Estado, de manera que la tasa de cobertura temporal de las plazas incursas en procedimientos quede, al final de los períodos previstos por la ley, por debajo del 8 %.

Del resultado de este proceso, se debe dar la información estadística correspondiente al Ministerio de Hacienda y Función Pública mediante el sistema de información salarial del personal de la administración (ISPA).

QUINTO. Comunicar este acuerdo a la representación del personal funcionario y laboral, a los dos patronatos municipales, a la oficina pública competente, y publicarlo en el BOIB, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica municipal para general conocimiento.»

Lo cual se publica para general conocimiento.

 

Ciutadella de Menorca, 7 de enero de 2020

La alcaldesa, Joana Gomila Lluch