Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA
Núm. 10
Aprobación definitiva modificación de crédito
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/85, 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 127 del Texto Refundido de 18 de abril de 1.986 y aprobado definitivamente el reconocimiento extrajudicial de crédito y modificación del presupuesto de gastos mediante remanente líquido de tesorería y nuevos ingresos, por no haberse presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial adoptado por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2019 (BOIB núm. 163 de 03/12/2019), se hace público lo siguiente:
Reconocimiento extrajudicial de crédito y modificación del presupuesto de gastos mediante remanente líquido de tesorería y nuevos ingresos.- Visto el expediente elaborado por los servicios municipales, y encontrando conforme los objetivos del mismo, se aprueba definitivamente la propuesta de concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito para reconocimiento de crédito en la forma siguiente:
a) Cantidad utilizada con cargo al Remanente Líquido de Tesorería disponible, en la cantidad 164.063,16 €
b) Cantidad utilizada con cargo a nuevos ingresos, correspondientes a la subvención de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por adquisición de material inventariable Polideportivo, en la cantidad 5.789,77 €
2º.- Los créditos extraordinarios que se acuerdan son los siguientes:
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Importe |
132/16000 |
Seguridad social |
19.173,59 |
920/16209 |
Otros gastos sociales |
154,86 |
151/21000 |
Mantenimiento y conservación infraestructura |
11.396,99 |
231/21200 |
Reparación mantenimiento y conservación edificios y otras construcciones |
2.222,61 |
323/21200 |
Reparación mantenimiento y conservación colegio |
4.086,94 |
920/21200 |
Reparación mantenimiento y conservación edificio Casa de la Vila |
423,50 |
231/22100 |
Energia eléctrica |
173,01 |
151/22199 |
Otros suministros |
10,76 |
342/22199 |
Suministros Polideportivo |
30,66 |
920/22400 |
Primas de aseguranzas |
3.506,99 |
912/22601 |
Atenciones protocolarias |
352,00 |
3321/22609 |
Exposiciones y conciertos-actividades biblioteca |
505,24 |
920/22706 |
Trabajos abogado |
1.651,25 |
932/22708 |
Servicio de recaudación a favor de la entitad |
14.518,26 |
920/23020 |
Dietas de personal no directivo |
455,88 |
942/46300 |
Transferencias corrientes a mancomunidad |
55.926,84 |
342/62500 |
Adquisición material inventariable Polideportivo |
53.386,63 |
920/62500 |
Adquisición mobiliario |
1.876,92 |
Total |
169.852,93 |
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir de la publicación del presente edicto en el Boib.
Santa Eugenia, 2 de enero de 2020
El Alcalde
José Luis Urraca Martín