Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 13068
Aprobación definitiva de la modificación del anexo económico del personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Inca para aplicar los fondos adicionales
A los efectos de aquello dispuesto al artículo 126.3 del Real decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril por el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local se hace público para el general conocimiento, que esta Corporación en sesión plenaria celebrada en fecha 28 de noviembre de 2019, adoptó acuerdo inicial de aprobar la modificación del anexo económico del personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Inca para llevar a cabo la aplicación de fondos adicionales. El día 3 de diciembre de 2019 se publicó al BOIB n.º 163 el anuncio de exposición pública de esta aprobación inicial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, una vez finalizado el plazo de exposición pública y no habiendo reclamaciones o alegaciones, la aprobación inicial ha acontecido definitiva con los siguientes términos:
"Primero.- Aprobar un incremento adicional del 0,3% de la masa salarial del año 2019 de las retribuciones del personal del Ayuntamiento de Inca y de sus organismos autónomos, con efectos del día 1 de enero de 2020.
Lugar de trabajo |
Trabajador que lo ocupa actualmente |
Importe destinado al complemento específico |
Peón D. Carreteras i Caminos |
J.S.F. |
2.700,00 |
Auxiliar De administración general |
J.C.M. |
2.039,80 |
Auxiliar De administración general |
A.C.P. |
2.039,80 |
Auxiliar De administración general |
M.M.O.P. |
2.039,80 |
Auxiliar De administración general |
M.E.T.B. |
2.039,80 |
Auxiliar De administración general |
I.P.P. |
2.039,80 |
Ordenanza B. Administración General |
D.F.G. |
2.750,00 |
Ordenanza B. Administración General |
J.J.C.M. |
2.750,00 |
Peón E. Alumbrado Público |
J.F.N.C. |
2.630,00 |
Peón de mantenimiento Q. Instalaciones deportivas |
A.F.P. |
1.990,44 |
Peón de mantenimiento Q. Instalaciones deportivas |
F.J.V. |
1.990,44 |
Peón de mantenimiento Q. Instalaciones deportivas |
A.V.M. |
1.990,44 |
Auxiliar de biblioteca De administración especial |
A.P.A. |
1.560,00 |
Auxiliar de biblioteca De administración especial |
C.C.A. |
1.560,00 |
Auxiliar de biblioteca R. Biblioteca |
C.P.A. |
1.560,00 |
Administrativo 2ª bibliotecario R. Biblioteca |
M.G.A. |
1.560,00 |
Segundo.- Aprobar un incremento adicional del 0,3% de la masa salarial del año 2020 de las retribuciones de personal del Ayuntamiento de Inca, condicionando su efectividad y posterior aplicación a la aprobación y autorización por la Ley de Presupuestos Generales del Estado o por otra norma habilitante que le dé cobertura.
Lugar de Trabajo |
Trabajador que la ocupa actualmente |
Importe destinado al complemento específico |
---|---|---|
Oficial 1ª F. Distribución de agua |
P.C.N. |
7.700,00 |
Oficial 1ª J. Parques y Jardines |
L.R.S. |
7.700,00 |
Oficial 1ª D. Carreteras i Caminos |
M.S.S. |
7.700,00 |
Oficial 1ª E. Alumbrado Público |
R.P.R. |
7.700,00 |
Personal de limpieza funciones de Gobernanta B. Administración General |
F.B.M. |
3.600,00 |
Peón J. Parques y Jardines |
J.L.J.I.. |
2.850,00 |
Oficial 2ª pintor D. Carreteras y Caminos |
J.S.S |
1.650,00 |
Tercero.- Aprobar la inclusión de las funciones y características de los puestos de trabajo que se han valorado en la Relación de Puestos de trabajo que se encuentra en fase de negociación sindical en el caso de que no estén contempladas.
Cuarto.- Aprobar la modificación del art. 10 del convenio de personal laboral introduciendo un nuevo Plus dentro de la estructura salarial del personal laboral, que se denominará "Plus de lugar de trabajo", con el que se retribuirán los mismos factores que se retribuye con el complemento específico del personal funcionario y que son los siguientes: dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penuria especial.
Quinto.- Integrar los pluses de actividad, gratificaciones extraordinarias y complementos de productividad mensuales y lineales que perciba actualmente el personal laboral dentro del nuevo complemento denominado "Plus de lugar de trabajo".
Sexto.- Aprobar la modificación del anexo económico con la introducción en la estructura salarial del personal laboral del concepto económico "Plus del lugar de trabajo".
Séptimo.- Aprobar las cuantías del "plus de lugar de trabajo" del personal laboral en los lugares de trabajo y por los importes detallados en este informe.
Octavo.- Aprobar los incrementos de complementos específicos del personal funcionario, con las cuantías y lugares que se han detallado en este informe, modificando el anexo económico de personal con la configuración que se ha señalado.
Noveno.- El complemento específico, o el plus de lugar de trabajo en el caso del personal laboral, no son consolidables, de forma que si en algún momento las funciones y/o características del puesto de trabajo, que ahora motivan el incremento del complemento específico dejan de estar asignadas al puesto de trabajo que ahora se modifica, supondrá una nueva modificación del complemento específico para adaptarlo a las nuevas funciones, aunque esto suponga una mengua de este mismo complemento. Es decir, se hará una nueva valoración de las funciones del lugar de trabajo y una recalificación del lugar de trabajo.
Décimo.- Que la anterior modificación del anexo económico de personal del Ayuntamiento de Inca se exponga al público de acuerdo con la normativa vigente a los efectos de reclamaciones.
Decimoprimero.- En caso de no haber reclamaciones, los acuerdos adoptados seran elevados a definitivos."
Inca, 30 de diciembre de 2019
El alcalde-presidente Virgilio Moreno Sarrió