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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 12858
Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública por la que se aprueba el régimen de suplencia y se designan las personas suplentes de la jefa del Departamento de Formación y Selección de la EBAP

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Texto

Hechos

1. La Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de agosto de 2017 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y de la Escuela Balear de Administración Pública dispone en el artículo 3 que en el caso de vacante de jefes de departamento o de servicio o en ausencia de la persona titular, deberán asumir sus funciones el jefe o jefa de departamento o de servicio que designe el órgano directivo al que está adscrito el puesto de trabajo, todo ello sin perjuicio del régimen ordinario de suplencias que, en su caso, se establezca.

2. En fecha 30 de mayo de 2019 se publicó en el BOIB núm. 72 la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de modificación de la Orden de 25 de agosto de 2017, por la que se modifican, entre otros, el anexo 2 en relación con las funciones de los puestos de trabajo de la Escuela Balear de Administración Pública, y el anexo 3 en relación con la estructura orgánica de la EBAP.

3. Los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, disponen en el artículo 12: «La Dirección Gerencia es el órgano unipersonal directivo de la EBAP y asume la dirección, la administración y la gestión ordinaria del ente, tal como establece el artículo 20 de la Ley 7/2010»; y entre sus atribuciones está la dirección del personal del EBAP, así como también cualquier otra que no esté expresamente reservada al resto de órganos.

4. Por razones de operatividad se considera conveniente aprobar un régimen de suplencias en caso de vacante o de ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento del jefe o jefa del Departamento de Formación y Selección de la Escuela Balear de Administración Pública, para garantizar en todo momento la continuidad de las funciones atribuidas a la persona titular.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. El artículo 32 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El artículo 3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de agosto de 2017 por la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y de la Escuela Balear de Administración Pública (BOIB núm. 110, de 7 de septiembre).

4. La Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de modificación de la Orden de 25 de agosto de 2017 (BOIB núm. 72, de 30 de mayo de 2019).

5. El Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar el régimen de suplencia del jefe o jefa del Departamento de Formación y Selección de la Escuela Balear de Administración Pública en los términos que se indican a continuación y designar suplentes a las personas siguientes:

a) Jefe o jefa del Servicio de Innovación y Asuntos Generales, en el ejercicio de las funciones relativas al área de formación e innovación atribuidas al jefe o jefa del Departamento de Formación y Selección.

b) Jefe o jefa del Servicio de Gestión Administrativa y Económica, en el ejercicio de las funciones relativas al área de gestión económica y asuntos generales atribuidas al jefe o jefa del Departamento de Formación y Selección.

c) Jefe o jefa del Servicio de Selección y Provisión, en el ejercicio de las funciones relativas al área de selección y provisión atribuidas al jefe o jefa del Departamento de Formación y Selección.

d) Jefe o jefa del Servicio de Régimen Jurídico, en el resto de funciones atribuidas al jefe o jefa del Departamento de Formación y Selección.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 11 de diciembre de 2019

El director gerente de la EBAP Jaime Tovar Jover