Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 12677
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, de fecha 25.11.2019, relativo a la aprobación de la resolución para declarar desierta la convocatoria de ayudas para propietarios adheridos al programa piloto alquiler ético (Exp. 5105-2019-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Plan Estratégico de Subvenciones del Presupuesto general del CIM para el ejercicio 2019 preveía entre los ejes y líneas estratégicas de actuación el de mejorar las ayudas sociales, especialmente las dirigidas a las familias y los colectivos más vulnerables, para dar respuesta a sus necesidades básicas y contaba desde el Departamento de Servicios Generales, Participación Ciudadana y Vivienda con una línea de subvención específica de ayudas para incidir sobre los propietarios que, por varios motivos, tienen inmuebles vacíos o que los alquilan por temporadas cortas, por lo cual, en fecha de 28 de enero de 2019, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular, en sesión de carácter ordinario, acordó la aprobación del PROGRAMA PILOTO DE ALQUILER ÉTICO y, en fecha 8 de abril de 2019, el Consejo Ejecutivo, en sesión de carácter ordinario, acordó la aprobación de las bases y los anexos que regulan la concesión de ayudas destinadas a facilitar el acceso a la vivienda a las familias en riesgo de exclusión residencial mediante la concesión de una serie de ayudas a los propietarios de viviendas vacías que cumplan los requisitos del programa (exp. 5105-2019-000001), y de forma simultánea se aprobó la convocatoria correspondiente en 2019, con una cuantía máxima de 37.125,00 € de la partida 2.23110.4800000.

El programa y las bases se aprobaron dentro del mes de enero y abril respectivamente, y no fue hasta el mes de junio de 2019 que se contrató el personal para desarrollar el programa, concretamente una trabajadora social y una educadora social a media jornada, tal como se detalla en el punto 12.1 Recursos Humanos del programa aprobado.

En fecha 15 de septiembre de 2019 se inició la campaña de difusión del programa, con una duración de dos meses (hasta el 15 de noviembre de 2019). Esta campaña estaba prevista que se iniciara durante los meses de abril y mayo de 2019, pero a causa del periodo de campaña electoral de las últimas elecciones municipales y autonómicas no fue posible ponerla en marcha en aquel momento, por lo cual se acordó posponerla hasta después del verano para que tuviera la máxima repercusión mediática.

La campaña ha durado dos meses y las ayudas destinadas a este año se cerraban el día 1 de noviembre. El programa consta de dos fases. La primera fase es de adhesión, y viene regulada a los puntos 11.1 para propietarios y 11.2 para inquilinos del programa, aprobadas el 8 de abril de 2019 por el Consejo Ejecutivo. La segunda fase es la de solicitar la ayuda económica por parte del propietario, hecho que no se puede realizar hasta que no se haya firmado el contrato entre propietario e inquilino, tal como viene descrito en las bases que rigen la concesión de ayudas al alquiler de viviendas que se incluyen en el programa piloto Alquiler Ético del Consejo Insular de Menorca, aprobado el 8 de abril de 2019 por el Consejo Ejecutivo.

Todo y el poco tiempo de funcionamiento efectivo del programa, en estos momentos la lista de demandantes de vivienda es de 85 familias y se ha hecho un registro de 45 viviendas, de los cuales 18 propietarios se han interesado a entrar en el programa. De estos, actualmente se ha adherido en el programa un propietario y dos más están en trámite de adhesión. El resto se han tenido que descartar por varios motivos que quedan recogidos en las bases: ser grandes tenedores, estar la vivienda fuera de los núcleos tradicionales, no estar en condiciones mínimas de ser alquilados o porque ya tienen inquilinos (punto 2.1, 2.2 y 2.4 de las bases).

El único propietario adherido formalmente en el programa y, de acuerdo con los trámites formales estipulados en las bases, se encuentra actualmente en la PRIMERA FASE, es decir la adhesión, y se está a la espera de asignar una familia adecuada con quien podrá formalizar un contrato y entonces estará en condiciones de entrar en la SEGUNDA FASE, que es la de recibir la ayuda. Tal como se ha explicado, el periodo para recibir ayudas se cerró el 1 de noviembre, y este propietario ya no ha entrado dentro del año 2019. Por eso, este propietario recibirá la ayuda correspondiente con el programa que continúa en 2020.

Atendido el informe técnico emitido por Elisa Marí Pons, trabajadora social y responsable del Servicio de Vivienda Social del CIM, de fecha 15 de noviembre de 2019, por el cual justifica que no se empleará la partida económica número 2.23110.4800000 de 37.125 € destinada a ayudar propietarios que se adhieran en el PROGRAMA PILOTO ALQUILER ÉTICO;

Atendida la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Ocupación, Vivienda y Cooperación Local;

ACUERDO:

Declarar desierta la convocatoria de ayudas para propietarios adheridos al programa piloto Alquiler Ético del año 2019.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 4 de diciembre de 2019.

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavio Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº 97 de 16-7-20119)