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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 12623
Resolución relativa a la solicitud de la entidad Asociación Pitiusa de Familiares de Personas con Enfermedad Mental (APFEM) referente a la convocatoria del concierto del servicio de apoyo en el domicilio para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2019-2020, en la isla de Ibiza

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Texto

Hechos

1. En fecha 18 de julio de 2019, la consejera de Asuntos Sociales y Deportes dictó la Resolución por la que se convoca el concierto del servicio de apoyo en el domicilio para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2019-2020, en la isla de Ibiza. Esta Resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 102, de 25 de julio de 2019.

2. En fecha 30 de julio de 2019, la entidad Asociación Pitiusa de Familiares de Personas con Enfermedad Mental (APFEM), con NIF G07728751, presentó una solicitud con la documentación necesaria para participar en esta convocatoria. El número de plazas por las cuales solicita el concierto es de 5 de baja intensidad y 3 de alta intensidad.

3. La entidad APFEM cumple los requisitos establecidos en la convocatoria, de acuerdo con los puntos 4.1 y 4.2 de la convocatoria del concierto, aprobada mediante la Resolución de la consejera de 18 de julio de 2019. El número total de plazas que ofrece la convocatoria es de 8, de las cuales 5 son de baja intensidad y 3 son de alta intensidad, y no se ha presentado ninguna otra entidad. Esto significa que existe disponibilidad presupuestaria suficiente para atender todas las plazas solicitadas por la entidad APFEM. Así, la concertación de todas las plazas solicitadas, según el precio de referencia máximo de 973,51 euros mensuales por plaza de baja intensidad y 1.722,32 euros mensuales por plaza de alta intensidad, resulta por un importe máximo de 120.414,12 euros.

4. En fecha 26 de agosto de 2019, el director general de Atención a la Dependencia dictó la propuesta de resolución relativa a la solicitud de la entidad APFEM referente a la convocatoria del concierto del servicio de apoyo en el domicilio para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2019-2020, en la isla de Ibiza.

5. En fecha 28 de septiembre de 2019, se publicó en el BOIB la Orden de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 26 de septiembre de 2019 por la que se regulan las operaciones de cierre y de apertura del ejercicio presupuestario. El artículo 5.1 establece que, a partir de la entrada en vigor de la Orden (el día siguiente de la publicación), las secciones presupuestarias se tienen que abstener de adquirir nuevos compromisos de gasto (fase D) con cargo al presupuesto de 2019, sin perjuicio de las excepciones que prevé el apartado 2 de este artículo y de los supuestos a los que se refieren los artículos 2, 3 y 7.

6. El artículo 5.2.b) de la Orden de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 26 de septiembre de 2019 excluye de la prohibición mencionada los gastos de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, exclusivamente derivadas de conciertos con personas privadas y de convenios de colaboración con entidades locales, para llevar a cabo la prestación de servicios y las prestaciones económicas a las personas en el ámbito social de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.

2. La Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social.

3. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

5. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. La Resolución informativa de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 18 de julio de 2019 por la que se convoca el concierto del servicio de apoyo en el domicilio para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2019-2020, en la isla de Ibiza (BOIB núm. 102, de 25 de julio).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar el expediente de concierto social con la entidad APFEM, con NIF G07728751, para 5 plazas de baja intensidad y 3 plazas de alta intensidad, que representan el 100 % de las plazas solicitadas, al precio de 973,51 euros mensuales por plaza de baja intensidad y 1.722,32 euros mensuales por plaza de alta intensidad, por un importe máximo total de 110.379,61 € (IVA exento). El periodo de vigencia del concierto es del 1 de diciembre de 2019 al 31 de octubre de 2020.

2. Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad APFEM, con NIF G07728751, por un importe de 110.379,61 (IVA exento) correspondiente a los meses de diciembre de 2019 a octubre de 2020, con cargo a la partida 17301.313B01.26104.00 (o el equivalente que la sustituya) de los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2020.

3. Establecer que el concierto se tiene que resolver por las estipulaciones del documento en el que se formalice el concierto y por el Pliego general de prescripciones técnicas.

4. Notificar esta Resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 25 de noviembre de 2019

La consejera,

Fina Santiago Rodríguez