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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 12578
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 29 de noviembre de 2019 por la cual se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén al Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas al anexo, en cuanto a determinadas líneas de ayudas que tiene que gestionar la Dirección general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de la Consejería de Educación, Universidad y Investigación, concretamente las previstas al Objetivo III. Lucha contra las desigualdades. En este sentido, se propone modificar una línea e incluir tres nuevas líneas de subvenciones dentro del objetivo III.1, lucha contra la pobreza, más concretamente se necesita modificar el punto III.1.5 e incluir varias convocatorias dentro de la línea de subvenciones dentro del mencionado objetivo. Estas convocatorias serán para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, de ayudas para la regularización de plazas privadas de primer ciclo de educación infantil, de ayudas a la red de escuelas infantiles pública y de ayudas a la escolarización de los niños de 0 a 3 años en centros de la red educativa complementaria a la red de escuelas infantiles públicas.

Esta modificación se justifica puesto que, mediante el Decreto 131/2008, de 28 de

noviembre, se establece y regula la red de escuelas infantiles públicas y los servicios para la educación de la primera infancia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el cual establece que la Consejería de Educación y Universidad, suela o junto con consejos insulares y/o ayuntamientos, puede establecer convenios con entidades privadas, prioritariamente con entidades privadas sin finalidad de lucro, y con cooperativas de trabajo asociado para la consolidación de plazas, para el sostenimiento de centros educativos autorizados de titularidad privada de primer ciclo de educación infantil y para el desarrollo de actividades, servicios y programas para el fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias con niños de menos de tres años, así como para el asesoramiento y las funciones propias de los servicios educativos de atención temprana.

Además, determina que estos centros constituirán una red educativa complementaria en la red de escuelas infantiles públicas para garantizar el derecho a la educación de los niños, haciendo especial mención a la necesidad de que las ayudas, las becas y las bonificaciones de las cuotas de escolarización se deben fijar con los mismos criterios y cuantías que se aplican en las escuelas infantiles de la red.

3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, introduciendo tres nuevas líneas de subvenciones y modificar otra en el sentido siguiente:

Se modifica:

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.1 Lucha contra la pobreza

 

Donde dice:

III.1.5

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas en la red pública de escuelas infantiles de 0 a 3 años.

Objetivos y efectos: crear nuevas plazas de educación infantil de primer ciclo, sostener la red de escuelas públicas de primer ciclo de educación infantil; promover actividades, servicios y programas para el fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias con niños menores de 3 años; apoyar al funcionamiento de los servicios educativos de atención temprana y ayudar a la escolarización de los niños de las familias más vulnerables socialmente; especialmente, de las familias en riesgo de exclusión social.

Coste: 4.500.000 €

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

 

Debe decir:

III.1.5

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo VII

Descripción: ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil.

Objetivos y efectos: crear y consolidar nuevas plazas de educación infantil de primer ciclo.

Coste: año 2020: 1.632.119,40 €, año 2021: 1.300.000€, año 2022: 1.300.000€, año 2023: 1.300.000€

Convocatoria: plurianual (2020 - 2023).

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

 

Se añaden tres nuevas líneas

 

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.1 Lucha contra la pobreza

 

III.1.6

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo VII

Descripción: ayudas para la reconversión de centros para poder autorizar plazas privadas de primer ciclo de educación infantil.

Objetivos y efectos: ayudar a los titulares de los centros no autorizados con licencia municipal para financiar proyectos para lograr los requisitos que establece la normativa.

Coste: año 2020: 500.000€, año 2021: 800.000€, año 2022: 800.000€, año 2023: 800.000€

Convocatoria: plurianual (2020-2023)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

 

III.1.7

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas en la red de escuelas infantiles pública.

Objetivos y efectos: sostener la red de escuelas públicas de primer ciclo de educación infantil; promover actividades, servicios y programas para el fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias con niños menores de 3 años; apoyar al funcionamiento de los servicios educativos de atención temprana y ayudar a la escolarización de los niños de las familias más vulnerables socialmente; especialmente, de las familias en riesgo de exclusión social.

Coste: 2.982.880,60 €

Convocatoria: anual (2020).

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

 

III.1.8

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas a la escolarización de los niños de 0 a 3 años en centros de la red educativa complementaria a la red de escuelas infantiles públicas.

Objetivos y efectos: compensar a las familias con rentas bajas para la escolarización de niños en el primer ciclo de educación infantil en centros privados de la red educativa complementaria a la red de escuelas infantiles públicas.

Coste: 385.000 €

Convocatoria: anual (2020).

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 13 de diciembre de 2019

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau