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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 12570
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Procedimiento Abreviado núm. 170/19; Juzgado contencioso administrativo núm. 3. Providencia de emplazamiento judicial notificación terceros interesados
El concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública en fecha 13 de diciembre de 2019 resolvió lo siguiente:
Mediante Oficio de los Servicios Jurídicos de fecha 2 de diciembre de 2019 se nos envía decreto del Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 3 por el cual comunica que por parte del recurrente con DNI 18235113T se ha interpuesto la ampliación del recurso contencioso-administrativo, procedimiento Abreviado n.º 170/19, recurso contra la lista definitiva del bolsín extraordinario para la cobertura provisional, en comisión de servicios, de vacantes de la categoría de Subinspector de la Policía Local.
Visto lo que dispone el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, el Regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública se complace a emitir la siguiente
PROVIDENCIA
1º- Notificar a todos cuántos puedan ser interesados, que por parte del recurrente con DNI 18235113T se ha interpuesto la ampliación del recurso contencioso-administrativo, procedimiento Abreviado n.º 170/19, recurso contra la lista definitiva del bolsín extraordinario para la cobertura provisional, en comisión de servicios, de vacantes de la categoría de Subinspector de la Policía Local, y en conformidad con el art. 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, emplazándolos porque, si lo encuentran oportuno, puedan comparecer y personarse como demandados, en el plazo de 9 días; haciéndolos saber, al mismo tiempo, que si se personan ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo 3 con posterioridad al plazo indicado de 9 días, serán tenidos como parte por los trámites no precluidos sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará con los trámites, sin la necesidad de tenerlos que practicar notificaciones, tal como resulta de aquello que dispone el artículo 50 de la mencionada Ley.
Palma, 16 de diciembre de 2019
El jefe de Departamento de Personal
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Antoni Pol Coll