Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 12537
Corrección de la Resolución definitiva de ayudas para estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2018-2019
El día 12 de diciembre de 2019 se dictó la Resolución núm. 2019000014 de la consellera executiva del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni, de corrección de la Resolución núm. 2019000012 de fecha 9 de diciembre de 2019, de concesión de las ayudas para estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2018-2019 (bases y extracto publicados respectivamente en el BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019, y en el BOIB núm. 69, de 23 de mayo de 2019), mediante la cual se ha resuelto lo siguiente:
Corregir la Resolución de la consellera executiva del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni número 2019000012, de fecha 9 de diciembre de 2019, de concesión definitiva de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2018-19, modalidad A, en el sentido siguiente:
Donde dice:
Núm. |
Núm. exp. personal |
RGE |
Fecha |
NIF |
Importe prorrateado |
636 |
12797Y |
11961 |
12/06/2019 |
41445762S |
789,62 € |
637 |
13109L |
12154 |
13/06/2019 |
41445762S |
789,62 € |
Tiene que decir:
Núm. |
Núm. exp. personal |
RGE |
Fecha |
NIF |
Importe prorrateado |
636 |
12797Y |
11961 |
12/06/2019 |
47258968V |
789,62 € |
637 |
13109L |
12154 |
13/06/2019 |
47258967Q |
789,62 € |
2. Establecer que, en el caso que se presente y se estime algún recurso de alzada a las modalidades A y C, el importe a conceder sea el mismo importe prorrateado que el concedido en la Resolución de la consellera executiva del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni número 2019000012, de fecha 9 de diciembre de 2019, es decir, 789,62 € para la modalidad A y 322,58 € para la modalidad C, para no crear agravios con las personas que ya han resultan beneficiarias.
3. Mantener el resto de acuerdos de la Resolución núm. 2019000012 de la consellera del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni, de día 9 de diciembre de 2019.
De acuerdo con la base decimosegunda de estas ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2018-2019, estas ayudas se concederán y se pagarán, por delegación del Consell Executiu, mediante resolución de la consellera executiva del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni. En este sentido, la Resolución de la consellera número 2019000014, de fecha 12 de diciembre de 2019, dictada por delegación, se tiene que considerar dictada por el órgano delegante (en este caso el Consell Executiu), y no agota la vía administrativa.
De conformidad con esto, contra esta Resolución “se podrá interponer ante la Comissió de Govern el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes des del día siguiente de su notificación, todo ello en virtud de lo que disponen los artículos 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares y el artículo 147.1 del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (publicado en el BOIB núm. 136, de 18-09-10; corrección en el BOIB núm. 148, de 14-10-10; modificación BOIB núm. 48, de 16-04-16). El recurso tendrá que resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa” (base decimoquinta).
Eivissa, 16 de diciembre de 2019
El jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio José Vicente Garibo Redolat