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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 12514
Acuerdo del Pleno de día 12 de diciembre de 2019 del Consejo de Mallorca relativo a la aprobación del expediente administrativo núm. 2/2019 de modificación automática de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Aprobado en la sesión del Pleno de esta Corporación, celebrado el día 12 de diciembre de 2019, queda definitivamente aprobada la propuesta de acuerdo del presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de 27 de noviembre de 2019, de modificación automática de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del IMAS (expediente administrativo núm. 2/2019), el cual se transcribe a continuación:

Primero.- APROBAR la modificación automática de la RPT del IMAS que se concreta en el anexo que se adjunta, para adecuarla al nuevo organigrama directivo del IMAS, aprobado por el Consejo Rector del IMAS el día 28 de octubre de 2019.

Segundo.- ORDENAR la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares que entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.

Tercero.- REMITIR copia de esta modificación a la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Interposición de recursos:

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) El recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

b) El recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de reposición. Si ha transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición potestativo y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

Palma, 13 de diciembre de 2019

El presidente

Javier de Juan Martin

Documentos adjuntos