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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 12504
Decreto 34/2019, de 13 de diciembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Consejo Consultivo

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Texto

El artículo 5.1 de la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears, dispone que el Consejo Consultivo está integrado por diez miembros cuya elección o designación, según corresponda de conformidad con dicha Ley, se realizará entre juristas de competencia y prestigio reconocidos, con más de diez años de ejercicio profesional, que tengan la condición política de ciudadanos o ciudadanas de las Illes Balears.

De acuerdo con el artículo 6.1 de la Ley 5/2010, cuatro miembros del Consejo Consultivo serán elegidos por el Parlamento con el voto favorable de las tres quintas partes de los diputados y diputadas, y los otros seis serán designados por el Gobierno. Asimismo, el mencionado artículo 6.1 dispone que los y las miembros del Consejo Consultivo de las Illes Balears serán nombrados por el presidente o la presidenta de las Illes Balears, que establecerá el orden de prelación a efectos de lo previsto en el artículo 7, precepto destinado a regular el procedimiento de elección del presidente o presidenta del Consejo Consultivo.

En cumplimiento de esta previsión, el Parlamento de las Illes Balears, en fecha 10 de diciembre de 2019, eligió a cuatro personas para ser nombradas miembros del Consejo Consultivo.

Así mismo, en fecha 13 de diciembre de 2019, el Consejo de Gobierno ha designado a seis miembros del Consejo Consultivo.

Por otra parte, se debe tener en cuenta que, de acuerdo con los párrafos 1.c) y 4 del artículo 16 de la Ley 5/2010, los y las miembros del Consejo Consultivo cesan por expiración del plazo de su nombramiento, aunque continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta que no se produzca una nueva designación y toma de posesión.

Por todo ello, y en uso de la atribución que me confiere el artículo 6.1 de la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears, dicto el siguiente

DECRETO

Primero

Se nombran miembros del Consejo Consultivo de las Illes Balears los juristas siguientes:

  1. Señor Antonio José Diéguez Seguí

  2. Señora Maria Ballester Cardell

  3.  Señor Joan Oliver i Araujo

  4.  Señor Octavi Josep Pons i Castejon

  5.  Señor Felio José Bauzá Martorell

  6.  Señora Catalina Pons-Estel i Tugores

  7.  Señora María de los Ángeles Berrocal Vela

  8.  Señor José Argüelles i Pintos

  9. Señora Antonia María Perelló Jorquera

  10. Señor Bartolomé Jesús Vidal PonsSegu

 

Segundo

A efectos de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears, sobre el procedimiento de elección del presidente o presidenta del Consejo Consultivo de las Illes Balears, el orden de prelación es el que establece el punto anterior.

Tercero

Se agradecen los servicios prestados a los consejeros y consejeras cesantes de conformidad con el artículo 16.1.c) y 16.4   de la Ley 5/2010.

Cuarto

Este decreto tiene efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 13 de diciembre de 2019

La presidenta

Francesca Lluch Armengol i Socias