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AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 12405
Denuncia por infracción de la ordenanza municipal de residuos urbanos de Esporles
Intentadas sin efecto las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo, al no haber podido tener lugar para ignorarse el domicilio o no haberse opuesto en el mismo a los interesados que se relacionan, se procede en cumplimiento del establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el presente edicto se procede a comunicar la presente propuesta de resolución.
“DECRETO DE ALCALDIA 2019-0441 de 04/07/2019”
Por medio de la presente se le notifica el Decreto, aprobatoria denuncia por infracción a la ordenanza municipal de residuos urbanos del Ayuntamiento de Esporles, del tenor literal siguiente:
Vista el acta-denuncia de la Policía Local de Esporles por la cual se señala, el siguiente:
Hecho denunciado: Abandono, vertido, derrame o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuo no peligroso.
Lugar: PUERTA ENTRADA PARC VERD SON QUINT
Observaciones: Acta-denuncia Policía Local.
Fundamento de derecho
Este hecho podría ser constitutivo de una infracción al capítulo IV, artículo 26.E, en lo referente al abandono, vertido, derrame o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuo no peligroso..., de la Ordenanza municipal de residuos urbanos (BOIB 55 de 22/04/2008) como falta susceptible de ser castigada de acuerdo con el artículo 39 y siguientes de la mencionada ordenanza, como falta leve y susceptible de ser castigada con la sanción de entre 300,01 euros a 1500 euros, y que el presunto infractor se el/la Sr./Sra. GABRIEL FLEIXAS GONZÁLEZ, titular del vehículo CITROEN C8, con placas de matrícula 9513HFR, todo esto sin perjuicio del que resulte de la instrucción.
En base a lo dispuesto por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el reglamento regulador del procedimiento por el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto y el decreto 14/1994, de 10 de febrero por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares en el ejercicio de la potestad sancionadora en relación con las atribuciones previstas por los artículos 21.1 a) y h) de la Ley 7/1985, de día 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y la competencia prevista por el artículo 25.2 f) y n) de dicha disposición legal.
Por todo esto,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Incoar expediente sancionador el Sr./Sra. GABRIEL FLEIXAS GONZÁLEZ, por la presunta infracción a:
La Ordenanza municipal de residuos urbanos (BOIB 55 de 22/04/2008)
Artículo 26.E El abandono, vertido, derrame o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuo no peligroso sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya posado en peligro grave la salud de las personas. Según la ordenanza, cada sanción podrá incrementarse o reducirse de acuerdo con las circunstancias del hecho. Grado de culpa, reiteración, grado de participación, beneficio derivado de la actividad infractora, grado de mal al medio ambiente o del peligro que en que se hubiera posado la salud de las personas.
Por el que, una vez analizado el hecho, consultado en las bases de datos municipales y al no haber reiteración, se aplicará la sanción mínima. INFRACCIÓN GRAVE. 300,01 euros. Si reconoce su responsabilidad y realiza el pago voluntario de la sanción propuesta en cualquier momento anterior a la resolución, se establece una reducción del 20% por reconocimiento de responsabilidad y otra reducción del 20% por el pago voluntario, es decir, se aplican dos reducciones acumulativamente, siente el total de la reducción de un 40% sobre el total de las sanción. El pago de este importe con la reducción, en este periodo voluntario, implicará que reconoce esta responsabilidad, acepta el pago voluntario y por tanto, se finalizará el procedimiento.
INFRACCIÓN GRAVE: 300,01€
Con reducción de 40% en periodo voluntario: 180€
SEGUNDO.- Nombrar a la Sra. MARTA NEUS LOPEZ CORTÉS Instructora y a la Sra. FRANCISCA MAIMO MOLINA Secretaría del procedimiento.
TERCERO.- Comunicar esta resolución a la Sra. MARTA NEUS LOPEZ CORTÉS en concepto de Instructora y a la Sra. FRANCISCA MAIMO MOLINA, en concepto de Secretaría de este procedimiento y dar traslado al primero de cuántas actuaciones existan al respeto.
QUART.- Será competente para la resolución del expediente la señora Alcaldesa de acuerdo con el arte. 21.n) de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local. En su caso la normativa sustantiva aplicable el caso.
QUINTO.- Notificar esta resolución a GABRIEL FLEIXAS GONZÁLEZ en concepto de persona responsable y a los otros interesados.
Disponer las siguientes medidas de carácter provisionales: Ordenar al Sr./Sra. GABRIEL FLEIXAS GONZÁLEZ a actuar conforme al establecido a Ordenanza municipal de residuos urbanos antes mencionada.
Mediante la presente se le notifica la Resolución adjunta a este documento. El que se comunica para su conocimiento y efectos, en conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndose que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra este.
Sin embargo, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, en conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que habrá que fundar en cualquier de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la citada Ley. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente de la recepción de la presente notificación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, desde su interposición (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
FORMAS DE PAGO:
- En efectivo o cheque conformado a las oficinas municipales de recaudación (Plaza del Ayuntamiento, 1 Esporles).
- Mediante transferencia a cualquier de los siguientes c/c:
BANKIA ES87 2038 3392 8664 0000 0397
LA CAIXA ES38 2100 0785 2202 0000 3150
Se ruega, que una vez realizada la transferencia, se remita justificando al correo electrónico ajuntament@esporles.cat o también al fax 971 61 19 44).
Esporles, 21 de noviembre de 2019
La Alcaldesa
Maria Ramon Salas