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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 12364
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de día 28 de noviembre de 2019 de nombramiento de nuevos miembros, titulares y suplentes, del Consejo Escolar de las Illes Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Ley 15/2019, de 29 de marzo, de modificación del Texto refundido de la Ley de Consejos Escolares de las Illes Balears, aprobado por Decreto Legislativo 112/2001, de 7 de septiembre, establece la composición del Consejo Escolar de las Illes Balears -CEIB-

El apartado 7 del artículo único de la Ley 15/2019 establece una nueva redacción del artículo 9.1 del citado texto refundido, y determina los integrantes del Consejo Escolar de las Illes Balears.

El artículo 9.3 del mencionado texto refundido dispone que los vocales del Consejo Escolar de las Illes Baleares tienen que ser nombrados por resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación, de acuerdo con las propuestas formuladas por los grupos correspondientes en los plazos que reglamentariamente se determinen.

La disposición adicional segunda de la Ley 15/2019 establece que el Consejo Escolar de las Illes Balears se constituirá en el plazo de tres meses a contar a partir de la entrada en vigor de esta ley, con la composición y con los nombramientos del presidente y del vicepresidente que se establece en el artículo único. Queda válidamente constituido en el momento en el que se integren, como mínimo, las dos terceras partes de los componentes. Además, dispone que las entidades, los organismos y las instituciones representadas en el Consejo Escolar de les Illes Balears deben comunicar los nombres de sus representantes en el plazo de quince días a contar desde la recepción de la notificación de la Administración de la Comunidad Autónoma mediante la cual se les requiere su designación.

La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de día 3 de octubre de 2019 de cese y nombramiento de nuevos miembros, titulares y suplentes del CEIB dispuso el cese de todos los miembros del CEIB y nombró la mayor parte de los nuevos miembros (BOIB núm. 140, de 15 de octubre de 2019).

Teniendo en cuenta las últimas propuestas de nombramientos de nuevos representantes titulares y suplentes al Consejo Escolar de las Illes Balears, el presidente del Consejo Escolar de las Illes Balears ha formulado la propuesta de nombramientos mediante escrito de 27 de noviembre de 2019, de acuerdo con lo que dispone el artículo 17.o) del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears.

Por todo ello, de acuerdo con lo que dispone el artículo 11.4 del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Nombrar a las personas que acto seguido se indica como nuevos miembros del Consejo Escolar de las Illes Balears:

Grupo d: representantes del Personal de Administración y Servicios (PAS)

En representación del STEI:

Titular:                 Sr. Pere Canals Gomila

Suplente:             Sra. Purificació Santacreu Creus

En representación de USO

Titular:                 Sra Yolanda Guardiola García.

Suplente:             Sr. Miquel Ángel Lozano Úbeda

 

Segundo

Disponer que de acuerdo con el apartado 4 de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2019, los plazos de renovación de los miembros del Pleno del Consejo Escolar se tienen que computar a partir de la nueva sesión de constitución de este órgano.

Tercero

Se dispone que esta Resolución tenga efectos desde el mismo día en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 28 de noviembre de 2019

El consejero<A[consejero|conseller]> de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March Cerdà