Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 12343
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación por la que se conceden ayudas destinadas a los medios de comunicación audiovisual que emiten en lengua catalana en las Islas Baleares
Hechos
1. El 16 de mayo de 2019 se publicó en Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 8 de mayo de 2019 por la cual se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación audiovisual que emiten en lengua catalana en las Islas Baleares.
2. La Dirección General de Política Lingüística recibió, durante el plazo de presentación, seis solicitudes para optar a las subvenciones, dos de las cuales correspondientes a la línea A (televisiones que hayan emitido en catalán durante el año 2018) y cuatro para la línea B (radios que hayan emitido en catalán durante el año 2018). No se recibió ninguna solicitud para las líneas C y D, correspondientes, respectivamente, a las televisiones y a las radios que incrementen las emisiones en catalán durante el año 2019.
3. El 18 de julio de 2019 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria y elaborar la lista provisional de admitidos y excluidos, con los motivos de exclusión, que se publicó el mismo día 18 de julio.
4. Según establece el punto 13.1 de las bases de la convocatoria, la lista se publicó en la página web de la Dirección General de Política Lingüística (http://dgpoling.caib.cat) y en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes. Los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación para enmendar las deficiencias detectadas.
5. El 11 de octubre de 2019 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y elaborar la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se hizo pública acto seguido.
6. La Comisión de Evaluación comprobó que los beneficiarios adjuntaron toda la documentación que se indica en el punto 9 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 8 de mayo de 2019, como son la documentación necesaria para identificar el solicitante; la documentación relativa al medio; la documentación de carácter económico; la documentación relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y la documentación relativa al coste de las actividades subvencionables. Particularmente, se comprobó que los beneficiarios están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7. El 21 de octubre de 2019 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y calcular el importe que tiene que recibir cada beneficiario, de acuerdo con el baremo, la fórmula, las previsiones relativas al remanente y las limitaciones en el importe máximo que puede percibir cada beneficiario, todas ellas previstas en el punto 14 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 8 de mayo de 2019.
8. Según el punto 2.1 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 8 de mayo de 2019, el importe total de esta convocatoria de subvenciones es de 275.000,00 euros, que se prevén desglosar de la manera siguiente: 100.000,00 euros para las televisiones que han emitido en catalán durante el año 2018 (línea A); 120.000,00 euros para las radios que han emitido en catalán durante el año 2018 (línea B); 25.000,00 euros para las televisiones que incrementen la programación en catalán durante el año 2019 (línea C), y 30.000,00 euros para las radios que incrementen la programación en catalán durante el año 2019 (línea D).
La misma convocatoria prevé que esta distribución es orientativa y que se puede modificar una vez evaluadas las solicitudes de subvención presentadas.
9. No se ha recibido ninguna solicitud para la línea C, destinada a las televisiones que incrementen la programación en catalán durante el año 2019. Por este motivo, la Comisión de Evaluación consideró adecuado incrementar en 25.000 euros el importe destinado a la primera línea, en la cual se enmarcan las dos solicitudes de televisiones con derecho a subvención.
En cuanto al remanente de la línea D, destinada a las radios que incrementen la programación en catalán durante el año 2019, para la cual no se ha recibido ninguna solicitud, estos no se trasladan a la línea B porque todas las solicitudes presentadas por radios logran el máximo total subvencionable.
De este modo, el importe final destinado a esta convocatoria de subvenciones es de 245.000 euros.
10. La Comisión de Evaluación elaboró el informe preceptivo que sirvió de base para elaborar la propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística para adjudicar las ayudas destinadas a los medios de comunicación audiovisual que emiten en lengua catalana en las Islas Baleares de 22 de octubre de 2019, la cual se publicó en la página web de la Dirección General de Política Lingüística (http://dgpoling.caib.cat) y en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación. Por otra parte, la Intervención de la CAIB ha fiscalizado de conformidad este expediente de convocatoria de subvenciones.
11. Según establece el punto 15.2 de las bases de la convocatoria, los beneficiarios tienen que comunicar a la Dirección General de Política Lingüística si aceptan la subvención o renuncian a ella. En cualquier caso, si en el plazo de ocho días hábiles desde la publicación de esta propuesta de resolución el beneficiario no hace constar lo contrario, se entenderá que acepta la subvención que se le ha adjudicado. Una vez transcurrido el plazo establecido, ninguno de los beneficiarios ha renunciado a la subvención.
12. Los beneficiarios de estas subvenciones no están sometidos a prohibiciones para ser beneficiarios y están al corriente de sus obligaciones con la hacienda autonómica y con la de la Administración del Estado, y también con la Seguridad Social, lo cual ha comprobado la Administración y queda constancia en el expediente.
13. Hay crédito adecuado y suficiente en las partidas presupuestarias 26401 455B01 46001 10, 26401 455B01 46001 11, 26401 455B01 46001 20, 26401 455B01 46001 30, 26401 455B01 46001 40, 26401 455B01 47000 00 y 26401 455B01 48000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2019.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.
2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. La Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
7. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
8. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el que se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado por el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.
9. La Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 8 de mayo de 2019 por la que se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación audiovisual que emiten en lengua catalana en las Islas Baleares.
10. La Propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística de 22 de octubre de 2019 para adjudicar las ayudas destinadas a los medios de comunicación audiovisual que emiten en lengua catalana en las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los siguientes beneficiarios de la línea A (televisiones que hayan emitido en catalán durante el año 2018), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2019:
Expediente |
Entidad |
NIF |
Actividad |
Puntuación |
Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|---|
DGPL 7/2019 MA – TV/1 |
Televisió d'Eivissa i Formentera, SA |
A07748379 |
Emisiones de TEF TV durante el año 2018 |
72,75 |
193.008,05 |
53.571,43 |
26401 455B01 47000 00 |
DGPL 7/2019 MA – TV/2 |
Canal 4 Televisión de Baleares, SLU |
B07941255 |
Emisiones de Canal 4 Televisió durante el año 2018 |
97,00 |
463.373,00 |
71.428,57 |
26401 455B01 47000 00 |
2. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los siguientes beneficiarios de la línea B (radios que hayan emitido en catalán durante el año 2018), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2019:
Expediente |
Entidad |
NIF |
Actividad |
Puntuación |
Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|---|
DGPL 7/2019 MA - R/1 |
Canal 4 Televisión de Baleares, SLU |
B07941255 |
Emisiones de Canal 4 Radio durante el año 2018 |
56,75 |
177.692,00 |
30.000,00 |
26401 455B01 47000 00 |
DGPL 7/2019 MA - R/2 |
Associació Ona Mediterrània |
G57834004 |
Emisiones de Ona Mediterrània durante el año 2018 |
84,79 |
36.381,02 |
30.000,00 |
26401 455B01 48000 00 |
DGPL 7/2019 MA - R/3 |
Organismo autónomo municipal Alcúdia Ràdio |
P5700302B |
Emisiones de Alcúdia Ràdio durante el año 2018 |
76,63 |
159.244,23 |
30.000,00 |
26401 455B01 46001 10 |
DGPL 7/2019 MA - R/4 |
Associació Cultural Audiovisual de Formentera |
G57574675 |
Emisiones de Ràdio Illa durante el año 2018 |
57,77 |
105.604,85 |
30.000,00 |
26401 455B01 48000 00 |
3. Informar a los beneficiarios que el pago de la subvención se hará de acuerdo con lo que dispone el apartado 16 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 18 de mayo de 2019, una vez que las empresas y las entidades beneficiarias de las subvenciones hayan aportado la cuenta justificativa que figura en el anexo 7 dentro del siguiente plazo:
a. En el caso de las televisiones y radios que hayan emitido en catalán durante el 2018 (líneas A y B), 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión.
b. En el caso de las televisiones y radios que hayan incrementado sus emisiones en catalán durante el 2019 (líneas C y D), del 1 al 15 de noviembre de 2019.
4. Comunicar a los beneficiarios que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones recogidas en el apartado16 mencionado anteriormente.
5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 10 de diciembre de 2019
La secretaria autonómica de Universidad, Investigación y Política Lingüística,
Agustina Vilaret González
Por delegación del consejero de Educación, Universidad e Investigación
(BOIB núm. 118, de 27/08/2019)