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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 12312
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de diciembre de 2019 por la cual se corrigen errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 4 de junio de 2019, por la cual se corrigen errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 20 de mayo de 2019, por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso oposición para cubrir vacantes de la categoría de psicólogo clínico/psicóloga clínica

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Texto

Antecedentes

1.- El día 29 de diciembre de 2018 se publicó en el BOIB núm. 163 la Resolución del director general del Servicio de Salud, de 21 de diciembre de 2018, por la cual se convoca un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de psicólogo clínico/psicóloga clínica dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2.- El día 25 de mayo de 2019 se publicó en el BOIB núm. 70 la Resolución del director general del Servicio de Salud, de 20 de mayo, por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de psicólogo clínico/psicóloga clínica dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

3.- El día 6 de junio de 2019 se publicó en el BOIB núm.75 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de 4 de junio de 2019 por la que se corrigen errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 20 de mayo de 2019, por la cual se aprueban las listas definitivas de persones aspirantes admitidas y excluidas del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de psicólogo clínico/psicóloga clínica.

3.- Se han detectado errores que han de subsanarse.  

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

 Resolución

1.- Rectificar errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 4 de junio de 2019 por la que se corrigen errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 20 de mayo de 2019, por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de psicólogo clínico/psicóloga clínica.

2.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

No obstante, los interesados pueden optar por interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 9 de diciembre de 2019 

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Julio Miguel Fuster Culebras

(Per delegación de la consellera de salud (BOIB 10/2016)

 

ANEXO

Rectificación de errores del punto 2

Donde dice

2.- El examen se realizará el 1 de febrero de 2020: en Mallorca, en el Hospital Universitario Son Espases. Carretera de Valldemossa, 79 CP 07020 Palma de Mallorca (Islas Baleares). En Menorca, en el Hospital Mateu Orfila. Ronda de Malbuger, 1. CP 07703 Maó (Islas Baleares). En Eivissa: Hospital Can Misses. C/ Corona s/n. CP 07800 Eivissa (Islas Baleares).

Debe decir:

2.- El examen se realizará el 1 de febrero de 2020, a las 10.00 horas: en Mallorca, en el Hospital Universitario Son Espases. Carretera de Valldemossa, 79 CP 07020 Palma de Mallorca (Islas Baleares). En Menorca, en el Hospital Mateu Orfila. Ronda de Malbuger, 1. CP 07703 Maó (Islas Baleares). En Eivissa: Hospital Can Misses. C/ Corona s/n. CP 07800 Eivissa (Islas Baleares).