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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 12245
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 21 de noviembre de 2019 por la cual se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en cuanto a determinadas líneas de ayudas que deben gestionar las Direcciones Generales de Movilidad y Transporte terrestre, y de Arquitectura y Vivienda, de la Consejería de Movilidad y Vivienda.

El Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears tiene entre otros objetivos planificar las actuaciones encaminadas a mejorar la movilidad sostenible y fomentar la transición energética de los vehículos hacia sistemas de combustión menos contaminantes, por lo cual, mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2018, se aprobó la financiación del Proyecto de transición energética de los vehículos de transportes de mercancías y viajeros, cosa que supone la necesidad de modificar el Plan Estratégico de Subvenciones para incluir la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre. Concretamente se añade una nueva línea al objetivo V, Sostenibilidad del entorno y medio natural, línea 2, movilidad sostenible.

Por otro lado, el consejero de Territorio, Energía y Movilidad dictó el 17 de julio de 2018 una resolución de convocatoria de subvenciones con la cofinanciación en un 50% con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de las Illes Balears, para llevar a cabo actuaciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural de las Illes Balears. Dado el remanente existente de esta convocatoria se prevé publicar una nueva. Así, teniendo en cuenta que de acuerdo con la normativa europea (Decisión CCI 2014SE16RFOP006), en estas convocatorias se consideran gastos subvencionables si los beneficiarios han llevado a cabo las obras y efectivamente las han pagado antes del 31 de diciembre de 2023, se hace necesario redistribuir la cantidad destinada al coste de estas subvenciones incrementando a la vez las anualidades a las cuales se deben aplicar, cosa que supone la necesidad de modificar el vigente Plan Estratégico de Subvenciones. En concreto el objetivo VI, Acceso a la enseñanza y la cultura, línea 6, conservación y promoción del patrimonio cultural.

3. En el apartado 3 del Acuerdo de Consejo de Gobierno mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

 

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, introduciendo una nueva línea de subvenciones y modificar otra en el sentido siguiente:

Se añade una nueva línea:

OBJETIVO V

SOSTENIBILIDAD DEL ENTORNO Y MEDIO NATURAL

V.2 Movilidad sostenible

V.2.4

Dirección general: Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre.

Fuentes de financiación: capítulo VII FF 18064 y capítulo II FF 18064.

Descripción: ayudas para la adquisición o transformación de vehículos de transporte de mercancías y viajeros a sistemas de combustión menos contaminantes.

Objetivos y efectos: impulsar la adquisición o transformación de vehículos de transporte de mercancías y viajeros alimentados con GNC y GLP; conseguir que las Illes Balears sean un referente en cuestión de movilidad sostenible y fomentar la actividad económica.

Coste: 1.998.330,58 €.

Convocatoria: anual (2020).

Incidencia sobre el mercado: incremento de la competitividad de las empresas de las Illes Balears.

Se modifica:

OBJETIVO VI

ACCESO A LA ENSEÑANZA Y LA CULTURA

VI.6 conservación y promoción del patrimonio cultural

Donde dice:

VI.6.1

Dirección general: Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

Fuente de financiación: capítulo VII FF 31110.

Descripción: subvenciones para llevar a cabo actuaciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural de los entes locales (FEDER).

Objetivos y efectos: conceder ayudas del 50% del coste de las actuaciones para la conservación del patrimonio cultural de los entes locales.

Coste: 3.400.000€ (2018: 400.000 €; 2019: 1.500.000 €; 2020: 1.500.000 €).

Convocatoria: plurianual (2018-2020).

Incidencia sobre el mercado: fomento de la actividad rehabilitadora de los edificios y el uso cultural.

 

​​​​​​​Debe decir:

VI.6.1

Dirección general: Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación.

Fuente de financiación: capítulo VII FF 31110.

Descripción: subvenciones para llevar a cabo actuaciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural de los entes locales (FEDER).

Objetivos y efectos: conceder ayudas del 50% del coste de las actuaciones para la conservación del patrimonio cultural de los entes locales.

Coste: 3.400.000€ (2018: 0€; 2019: 0€; 2020: 850.000€; 2021: 850.000€; 2022: 850.000€; 2023: 850.000€).

Convocatoria: plurianual (2018-2023).

Incidencia sobre el mercado: fomento de la actividad rehabilitadora de los edificios, el uso cultural y la conservación del patrimonio cultural de las Illes Balears.

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 21 de noviembre de 2019

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores ​​​​​​​Rosario Sánchez Grau