Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 12206
Resolución de 2 de diciembre de 2019, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se aprueba la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la UIB para el año 2019
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE nº 161, de 4 de julio) –norma vigente mientras no se apruebe una norma que regule la ocupación para el año 2019–, determina en su título III («De los gastos de personal») la regulación de la oferta de empleo público. Así, en el artículo 19 («Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal»), se establece una tasa de reposición del 100 por cien para las plazas de personal docente e investigador.
La oferta de empleo público, de conformidad con lo establecido en el segundo apartado del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, tendrá que ser aprobada por el pertinente órgano de la Administración pública y deberá publicarse en el diario oficial correspondiente.
La oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de las Illes Balears para el año 2019 incluye, de conformidad con las previsiones del primer apartado del artículo 70 del TREBEP, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que tengan que proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal como está previsto en el TREBEP, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.
En este sentido, la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 contiene la previsión siguiente: «Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, [...] siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.»
Además, no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna. En este sentido, el segundo párrafo del artículo 62.2 de la LOU prevé que: «Asimismo, las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de esta misma ley, se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad».
Por otro lado, debe indicarse que el cómputo de la tasa de reposición de efectivos, comunicada a la Consejería de Educación y Universidad y a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de las Illes Balears y calculada en función del número de empleados fijos que durante el ejercicio presupuestario de 2018 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, cuerpos o categorías, es de veintiocho plazas.
En vista de todo lo que se ha indicado, a propuesta del Consejo de Dirección y a la espera de la autorización pertinente de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de las Illes Balears, el Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en su sesión ordinaria del día de 24 de septiembre de 2019, aprobó la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la UIB para el año 2019.
Finalmente, el día 25 de noviembre de 2019 la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores dictó resolución, a propuesta del Director General de Presupuestos, de autorización de la oferta de ocupación pública de la Universidad de las Illes Balears en relación a las plazas de personal docente e investigador para el año 2019.
Por tanto, una vez otorgada la pertinente autorización por parte de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de las Illes Balears se publica la aprobación de la oferta de empleo público de la Universidad de las Illes Balears que se especifica seguidamente.
Primero. Aprobación de la oferta de empleo público
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, se aprueba la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de las Illes Balears para el año 2019.
Segundo. Cuantificación de las plazas
El número de plazas de personal docente e investigador para el año 2019 se indica a continuación:
Cuerpo |
Grupo |
Total de plazas |
---|---|---|
Catedráticos de Universidad |
A1 |
14 |
Profesores Titulares de Universidad |
A1 |
14 |
Profesores Contratados Doctores |
– |
14 |
Habrá una plaza de Profesor Titular de Universidad y cuatro de Profesor Contratado Doctor que se destinarán a la incorporación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.
Tercero. Procesos selectivos
Las bases específicas que regularán los procesos selectivos derivados de esta oferta de empleo se publicarán en los boletines oficiales correspondientes en el plazo de tres años a partir de la fecha de publicación de esta oferta de empleo, de conformidad con las disposiciones del artículo 70.1 del TREBEP.
Lo hago publicar para que se tome conocimiento de ello y tenga los efectos que correspondan.
Palma, 2 de diciembre de 2019
El Rector, Llorenç Huguet