Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 12094
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 28 de noviembre de 2019 por la que se dispone la inscripción del cambio de denominación de la dirección del IES Puig de Sa Font, del IES Sa Serra, del IES Quartó de Portmany y del CEIP Es Puig, en el Registro de centros docentes de la Consejería
Hechos
1. Mediante el Real Decreto 895/1997, de 6 de junio (BOE núm. 156, de 1 de julio), se creó el Instituto de Educación Secundaria Son Servera. La Orden de puesta en funcionamiento de 24 de abril de 1997 (BOE núm. 175, de 23 de julio) le otorgó el código 07008375.
2. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2007 (BOIB núm. 58, de 19 de abril), se aprobó la denominación específica Puig de Sa Font para el Instituto de Educación Secundaria IES Son Servera.
3. El 15 de abril de 2019 (NRE L95E11394/2019), la directora de la IES Puig de Sa Font presentó un escrito para solicitar el cambio de denominación de la dirección del centro. Para ello, adjuntó un certificado del Ayuntamiento de Son Servera en el que se confirmaba que la dirección donde está ubicado el centro, que antes era calle Peatonal I, 2, ahora es calle de Sa Conillera, 2.
4. Mediante el Decreto 51/2010, de 9 de abril (BOIB núm. 58, de 17 de abril), se creó el IES Sant Antoni, de Sant Antoni de Portmany, al que se le otorgó el código de centro 07014144, con domicilio en el camino de la Finca de Can Nicolau des Molí, s/n.
5. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 6 de septiembre de 2012 (BOIB núm. 138, de 20 de septiembre), se autorizó el cambio de denominación específica IES Sant Antoni por IES Sa Serra.
6. El 7 de octubre de 2019 (NRE L13E63045/2019), el director del IES Sa Serra presentó un escrito para solicitar el cambio de denominación de la dirección del centro. Para ello, adjuntó un certificado del secretario del centro en el que se confirmaba que el nombre actual de la calle donde está ubicado el centro, que antes era camino de la Finca Can Nicolau des Molí, s/n, ahora es camino de Benimussa, 7.
7. Mediante el Real decreto 818/1988, de 20 de julio (BOE núm. 179, de 27 de julio), se creó el Instituto de Educación Secundaria Sant Antoni Abat.
8. Mediante la Orden Ministerial de 15 de febrero de 1989 (BOE núm. 61, de 13 de marzo), se autorizó el cambio de denominación específica IES Sant Antoni Abat por IES Quartó de Portmany.
9. El 10 de octubre de 2019, desde la dirección del IES Quartó de Portmany se envió un escrito certificado del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany en el que se confirmaba que el nombre actual de la calle donde está ubicado el centro es camino de Cas Ramons y el número es el 4.
10. Mediante la Orden de 19 de octubre de 1963 (BOE núm. 261, de 31 de octubre), se creó una agrupación escolar en Lloseta.
11. Mediante la Orden ministerial de 21 de julio de 1989 (BOE núm. 188, de 8 de agosto), se autorizó el cambio de denominación específica Colegio Es Puig.
12. El 10 de octubre de 2019 (NRE L13E63918/2019), la directora del CEIP Es Puig de Lloseta presentó un escrito para solicitar el cambio de denominación de la dirección del centro. Para ello, adjuntó un certificado del Ayuntamiento de Lloseta en el que se confirmaba que el nombre actual de la calle donde está ubicado el centro es camino de Es Puig, y que es s/n.
13. El 26 de noviembre de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la inscripción del cambio de denominación de la dirección del IES Puig de Sa Font, del IES Sa Serra, del IES Quartó de Portmany y del CEIP Es Puig, en el Registro de centros docentes de la Consejería.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).
3. El Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria, y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB núm. 120, de 5 de octubre).
4. El Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria (BOIB núm. 120, de 5 de octubre).
5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 27 de noviembre de 2019, dicto la siguiente
Resolución
1. Disponer la inscripción en el Registro de centros docentes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación de los cambios de denominación de la dirección de los centros siguientes:
2. Notificar esta Resolución a la dirección del IES Puig de Sa Font, del IES Sa Serra, del IES Quartó de Portmany y del CEIP Es Puig, a la Dirección General de Personal Docente y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, para que tomen conocimiento de ello.
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 28 de noviembre de 2019
El consejero de Educación, Universidad e Investigación
Martí X. March Cerdà