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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 12077
Notificación de Resolución de denegación al interesado de la ayuda “Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas” para el año 2018 de fecha 26 de noviembre de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA)

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Texto

El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2018, por la que se convocan ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas para el año 2018, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

El vicepresidente, en fecha 26 de noviembre de 2019, firmó la siguiente resolución:

 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN

Programa de Desarrollo Rural de les Islas Baleares 2014-2020

Mesura 13.3. Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas

Convocatoria 2018

Antecedentes

1. En fecha de 30 de enero de 2018 se publicó en el BOIB núm. 14, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2018, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas.

2. De conformidad con el apartado sexto de la mencionada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria terminó el día 30/04/2018, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 1.298 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados indicados en el Anexo I adjunto no cumplen con alguno de los requisitos del apartado Quinto punto 2 de la convocatoria.

5. En fecha 31 de octubre de 2019 se notifica, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, el informe desfavorable y la propuesta provisional de denegación de la ayuda, emitida por el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.

6. Dentro del plazo establecido, los interesados indicados en el Anexo I adjunto no han presentado alegaciones.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2018, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas.

2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control y en las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad.

5. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

6. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

7. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

8. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.

9. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

10. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

12. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

13. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020 .

14. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

15. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, a partir del 1 de enero de 2006.

16. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de resolución de denegación

Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Denegar las solicitudes presentadas por los interesados indicados en el Anexo I, por incumplimiento de los requisitos que se indican en dicho Anexo.

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I.

3. Notificar la resolución a los interesados del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, a 25 de noviembre de 2019

El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural                       Conforme con la propuesta, dicto resolución:

Isidro Cañellas Simonet                                                                 Palma, a 26 de noviembre de 2019

                                                                                                       El Vicepresidente del FOGAIBA

                                                                                                       Gabriel Llabrés Torrens

 

ANEXO I

Exp. NIF/CIF Nom/Raó Social Motiu de denegació
04001530 18214918E JUAN ADROVER SITGES No arriva al mínim de 300 €
04000227 41442603F ANTONIO GUASCH MARI No arriva al mínim de 300 €
04002109 41450700P ANTONIO FERRER BONET No arriva al mínim de 300 €
04005623 41492839B FRANCISCA SINTES MIR No arriva al mínim de 300 €
04001522 41516640F JOAN FONT CURIENT No arriva al mínim de 300 €
04004062 41571216G JUAN A. FORTEZA RODRIGUEZ No arriva al mínim de 300 €
04003024 41571664S ANDREU PASCUAL RODRIGUEZ No arriva al mínim de 300 €
04004948 41733068M BARTOMEU PONS PONS No arriva al mínim de 300 €
04000976 42988297D MARIA PONS RAMON No arriva al mínim de 300 €
04002350 42990428R ANTONIO TERRASA  REYNES No arriva al mínim de 300 €
04003750 43028840A ANTONIO COLL REAL No arriva al mínim de 300 €
04002208 43045220F JERONIMA MARTORELL SEGUI No arriva al mínim de 300 €
04003719 43047974R MIGUEL ANGEL VICH BIBILONI No arriva al mínim de 300 €
04001899 43061285H ANTONIA MOREY BUÑOLA No arriva al mínim de 300 €
04002584 43115034Q BERNAT VANRELL MARROIG No arriva al mínim de 300 €
04004962 43119807M FRANCISCA BONNIN CIFRE No arriva al mínim de 300 €
04000573 43185029E JOAN HORRACH ARMO No arriva al mínim de 300 €
04003890 43189326H JAIME POCOVI CARBONELL No arriva al mínim de 300 €
04002340 43206676A EUSEBIO GINEL PALOMINO No arriva al mínim de 300 €
04001063 78169940R ANTONIO RUBI MORAGUES No arriva al mínim de 300 €
04002603 78198095G SEBASTIAN CANTALLOPS COMAS No arriva al mínim de 300 €
04002601 78200696Y FRANCISCA SERRA CARBONELL No arriva al mínim de 300 €
04001332 78203875B PERE JOSEP CALAFAT VICH No arriva al mínim de 300 €
04005247 78206246J ANTONIO MUNTANER CORRO No arriva al mínim de 300 €
04003695 78206458H GABRIEL RAMIS SERRA No arriva al mínim de 300 €
04004254 78207001D GABRIEL MORELL GRAU No arriva al mínim de 300 €
04001406 78208828L MIGUEL SEGUI CRESPI No arriva al mínim de 300 €
04002903 78213778R SEBASTIAN AMER ALORDA No arriva al mínim de 300 €
04003908 78216587G SEBASTIAN CRESPI FERRER No arriva al mínim de 300 €
04005011 B57808081 HORTICOLES A. POL SL No arriva al mínim de 300 €
04001319 B57872301 AGRO QUALITAT BALEARS SL  No arriva al mínim de 300 €
04003090 J07651821 VERDURES PONS No arriva al mínim de 300 €
04005484 J57738114 PLA DE BUC SC No arriva al mínim de 300 €
04002597 V57845356 LLABRES I FILLS SAT No arriva al mínim de 300 €
04005020 X4914230G EMMANUEL ALEXANDRE DE FOLIN No arriva al mínim de 300 €

 

Palma, 27 de noviembre de 2019

El Director Gerente del FOGAIBA

Mateu Morro Marcé