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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 12020
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 22 de noviembre de 2019 por la que se dispone el traslado de la sede del Equipo de Atención Temprana Sud y se ordena la inscripción de este traslado en el Registro de centros docentes de la Consejería

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 17 de diciembre de 2012 (BOIB núm. 13, de 26 de enero), se dispuso el cambio de domicilio del Equipo de Atención Temprana Sud, subsede de Llevant, y el traslado de este centro a la calle de Francesc Moragas, núm. 35, de Llucmajor.

2. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 15 de febrero de 2017 (BOIB núm. 25, de 28 de febrero), se autorizó la separación del EAP Sud, subsede de Llevant, del EAP Llevant.

3. Durante el curso 2018-2019, dadas las necesidades de espacio del CEIP Sa Marina de Llucmajor, donde está ubicado el centro, desde el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI), se promovió el cambio de sede de la EAP Sud.

4. El 16 de mayo de 2019, el jefe del Servicio de Centros emitió un informe en que proponía que el EAP Sud se instalara en una de las torres del edificio del CEIP Rei Jaume III de Llucmajor. Se hizo una visita al centro para valorar los espacios y se consideró que eran adecuados.

5. El 15 de noviembre de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el traslado de la sede del Equipo de Atención Temprana Sud, de la c/ de Francesc Moragas, 35, 2º a la c/ de Bartolomé  Sastre Garau, s/n, (Torre izquierda, dentro del recinto del CEIP Rei Jaume III), y la inscripción de este traslado en el Registro de centros docentes de la Consejería.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de día 12 de agosto de 2009 por la que se crean equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana (BOIB núm. 128, de 1 de septiembre).

4. El Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria, y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB núm. 120, de 5 de octubre).

5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el 18 de noviembre de 2019, dicto la siguiente

Resolución

1. Disponer el traslado de la sede de la EAP Sud, a la c/ de Bartolomé Sastre Garau, s/n, (Torre izquierda, dentro del recinto del CEIP Rei Jaume III).

2. Establecer que la Consejería de Educación, Universidad e Investigación adopte las medidas oportunas para el traslado que se dispone en esta Resolución.

3. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07700271

Denominación genérica: equipo de atención temprana

Denominación específica: Sud

Domicilio: c/ de Bartolomé  Sastre Garau, s/n, (Torre izquierda, dentro del recinto del CEIP Rei Jaume III)

Localidad: Llucmajor

Municipio: Llucmajor

CP: 07620

4. Inscribir esta modificación en el Registro de centros docentes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación.

5. Notificar esta Resolución a la dirección del CEIP Rei Jaume III, a la Dirección General de Personal Docente, al Instituto para la Primera Infancia (IEPI) y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería para que tomen conocimiento de ello.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente del día que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 22 de noviembre de 2019

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March Cerdà