Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 11991
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2019 por el que se aprueban los modelos tipo de pliegos de clausulas administrativas particulares para la contratación de obras, de servicios y de suministros por procedimiento abierto, abierto simplificado y abierto simplificado abreviado
El artículo 122.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de carácter no básico, establece que la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares corresponde al órgano de contratación, que también puede aprobar modelos de pliegos particulares para determinadas categorías de contratos de naturaleza análoga. El artículo 122.6 del mismo texto legal establece que, en el ámbito de la Administración General del Estado, la aprobación de los modelos de pliegos requiere el informe previo del servicio jurídico.
La aprobación de modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas tiene como finalidad homogeneizar la documentación administrativa en materia de contratación y, de acuerdo con la disposición adicional tercera del Decreto 14/2016, de 11 de marzo, sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Consejo de Gobierno es el órgano competente para aprobar los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de regir en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con la contratación de los entes que, a efectos de la legislación aplicable, tienen la consideración de administración pública.
Por otro lado, el artículo 2.a) del Decreto 3/2016, de 29 de enero, por el que se aprueba el texto consolidado del Decreto por el que se crean la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Registro de contratos y el Registro de contratistas, modificado por el Decreto 36/2017, de 21 de julio, establece que corresponde a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears emitir un informe preceptivo, entre otros, sobre los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares.
De los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos de obras, de suministro y de servicios, mediante los procedimientos abierto, abierto simplificado y abierto simplificado abreviado, que se anexan a este acuerdo, han informado favorablemente la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma, el 28 de junio de 2019, y la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, el 12 de noviembre de 2019.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, en la sesión de 29 de noviembre de 2019, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de utilizar los órganos de contratación del sector público autonómico que tengan la consideración de administración pública a los efectos de la legislación aplicable en materia de contratos del sector público para la contratación de obras, suministros y servicios mediante los procedimientos abierto, abierto simplificado y abierto simplificado abreviado. Los modelos que se aprueban son los siguientes:
a. Contrato de obras mediante procedimiento abierto (anexo 1).
b. Contrato de obras mediante procedimiento abierto simplificado (anexo 2).
c. Contrato de obras mediante procedimiento abierto simplificado abreviado (anexo 3).
d. Contrato de servicios mediante procedimiento abierto (anexo 4).
e. Contrato de servicios mediante procedimiento abierto simplificado (anexo 5).
f. Contrato de servicios mediante procedimiento abierto simplificado abreviado (anexo 6).
g. Contrato de suministro mediante procedimiento abierto (anexo 7).
h. Contrato de suministro mediante procedimiento abierto simplificado (anexo 8).
i. Contrato de suministro mediante procedimiento abierto simplificado abreviado (anexo 9).
Segundo. Autorizar a los órganos de contratación para que modifiquen el modelo de oferta económica de los anexos I y II de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares para su adaptación al sistema de determinación del precio de cada contrato.
Tercero. Publicar este acuerdo, sin los anexos, en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Cuarto. Publicar este acuerdo y los anexos en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (<http://www.caib.es/>), concretamente en la página web de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (<http://jcca.caib.es/>).
Palma, 29 de noviembre de 2019
La secretaria del Consejo de Gobierno
Pilar Costa i Serra