Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 11881
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 10/2019
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 28 de octubre de 2019, de aprobación inicial de la modificación de crédito 10/2019, de transferencia de créditos entre aplicaciones de gasto de diferente área de gasto que no afectan a bajas ni altas de créditos de personal, tal y como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Org. |
Programa |
Econòmic |
Sp. |
Denominació |
Altes € |
01 |
2313 |
63300 |
01 |
Maquinària, instal·lacions tècniques i utillatge |
19.015,39 € |
01 |
1621 |
22799 |
01 |
Treballs altres empreses |
15.584,92 € |
01 |
3233 |
22102 |
01 |
Gas |
10.000,00 € |
01 |
4311 |
22799 |
01 |
Fires |
12.000,00 € |
|
TOTAL |
|
|
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56.600,31 € |
Bajas en aplicaciones de Gastos
Org. |
Programa |
Econòmic |
Sp. |
Denominació |
Altes € |
01 |
1650 |
60900 |
01 |
Altres inversions noves en infraestructures |
56.600,31 € |
|
TOTAL |
|
|
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56.600,31 € |
Contra este acuerdo, en virtud de lo que dispone el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Artà, 27 de noviembre de 2019
El Alcalde
Manuel Galán Massanet