Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 11745
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 18 de noviembre de 2019 por la cual se conceden ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019
Hechos
1. El 9 de abril de 2019 se publicó en el BOIB número 46 la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 20 de marzo de 2019 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019.
2. El día 7 de noviembre de 2019 se publicó en el BOIB número 151 la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 25 de octubre de 2019, a propuesta del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la cual se declara el desistimiento de solicitudes de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores a la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019 por no haber enmendado la solicitud dentro del plazo establecido en la convocatoria o haberla enmendado parcialmente o de forma incorrecta.
3. El día 5 de noviembre se publicó en la página web de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (http://dguni.caib.es) la propuesta de resolución relativa a las solicitudes presentadas a la convocatoria, de acuerdo con el que prevé el punto 12 del anexo I de la resolución de convocatoria y se abrió un plazo de diez días naturales contadores desde el mismo día de la publicación para presentar alegaciones.
4. El día 18 de noviembre de 2019 la jefa del Servicio de Universidad emitió el informe en relación a las alegaciones presentadas. Este informe consta en el expediente.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).
3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).
4. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 20 de marzo de 2019 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Conceder a los solicitantes que figuran en el anexo 1 ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019.
Las solicitudes de estas personas cumplen los requisitos establecidos y presentan completa la documentación exigida en la convocatoria. El importe de la ayuda es de 600,00 euros.
2. Excluir las solicitudes de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursan estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores a la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2018-2019 a las personas que figuran en el anexo 2. Los motivos de exclusión se indican en el anexo 3.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección general de Política Universitaria e Investigación (http://dguni.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Palma, 18 de noviembre de 2019
El consejero de Educación, Universidad e Investigación
Martí X. March Cerdà