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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 11757
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de noviembre de 2019 por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2019 por el que se aprueba la modificación de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

En fecha 22 de octubre de 2019 se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 144, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2019 por el que se aprueba la modificación de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Una vez publicado dicho acuerdo, se han detectado en él unos errores materiales, junto con la necesidad de introducir determinadas modificaciones para llevar a cabo la reestructuración orgánica derivada del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears.

El artículo 31.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que, cuando las modificaciones sean consecuencia de una reestructuración orgánica, se llevarán a cabo automáticamente y requerirán únicamente la aprobación del Consejo de Gobierno y su posterior publicación.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en la sesión del día 22 de noviembre de 2019 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Modificar el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2019 por el que se aprueba la modificación de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en los términos previstos en el anexo 1 adjunto.

Segundo. Ordenar la publicación de este acuerdo y de su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También cabe interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

Palma, 22 de noviembre de 2019

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra

Documentos adjuntos