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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 11744
Extracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 4 de noviembre de 2019 por la que se convocan subvenciones para la rehabilitación y restauración de fachadas en Alaior para el año 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Exp.7553/2019

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.by 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, texto completo de la cual, se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/480993):

Primero. Objeto de la convocatoria: La concesión de ayudas económicas para fomentar la promoción de obras de rehabilitación y restauración de fachadas de los inmuebles del municipio de Alaior, con especial atención a los edificios incluidos en el ámbito de mantenimiento y conservación de la estructura urbana y de los valores arquitectónicas y ambientales del centro histórico según el PGOU

Segundo. Beneficiarios: Tendrán la consideración de beneficiarios de los propietarios / as o comunidad de propietarios del inmueble, ya sean persona física o jurídica. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que se encuentren en situación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero. Bases reguladoras: Bases de la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación y restauración de fachadas en Alaior para el año 2019. https://alaior.sedelectronica.es/transparency/aeae9c38-11e1-49bd-b1a4-d0f3585fc415/

Cuarto. Crédito: El crédito para esta convocatoria es de 8.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 30 días a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB

Sexto. Cuantía: Dependiendo de si el inmueble se encuentra en centro histórico puede ser de hasta un 30% del coste de las obras, o de un 10% si el inmueble no se encuentra en esta zona, con unos límites en ambos casos, dependiendo de la pintura utilizada.

Séptimo. requisitos:

1. Las obras de rehabilitación y restauración de fachadas se ajustarán en todo caso al Plan General de Ordenación Urbana y en el resto de normativa urbanística en vigor, especialmente en cuanto a la combinación de colores, materiales y composición de huecos de las mismas .

2. No se admite el uso de la pintura plástica como material de acabado.

3. No podrán ser objeto de estas subvenciones las intervenciones que sitúen o mantengan los aparatos de aire acondicionado, las antenas o cualquier otro elemento de este tipo situado en los paramentos de fachada.

4. Obtener la correspondiente licencia de obra

Octavo. solicitud

a) Instancia de solicitud de subvención con expresión de los datos de la finca y de la persona o personas solicitantes

b) En el caso de comunidades de propietarios, acta de la Junta de Propietarios donde conste el acuerdo de solicitud de la ayuda y la aprobación de las obras de rehabilitación a realizar.

c) Fotografías del edificio (generales de fachadas y de detalle de los elementos a rehabilitar) en el estado previo a la intervención.

d) Planos o croquis con todas las medidas de la fachada incluidas, y pequeña memoria con indicación de las problemáticas del estado inicial y los materiales, acabados y colores de la propuesta de rehabilitación. Se hará constar el tipo de pintura a utilizar de acuerdo al punto 6 de las bases.

e) Presupuesto detallado por capítulos o ramos con mediciones de cada una de las partidas y oficios, y aplicación de precios unitarios. En este sentido es muy importante hacer constar el número de metros cuadrados en el caso de pintar la fachada para poder calcular el importe de la subvención.

 

Noveno. Fecha de Justificación de la actuación: Dos meses desde la finalización de las obras.

Las obras deberán estar finalizadas en fecha de 31 de diciembre del año inmediatamente posterior al otorgamiento formal de la subvención.

Puede solicitar la ayuda en la sede electrónica municipal en el link https://alaior.sedelectronica.es/catalog/tw/9198d8e7-c8bb-458e-8100-2f26508c724a

  

Alaior, 8 de noviembre de 2019

El alcalde,

José Luis Benejam Saura