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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11654
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 28 de octubre de 2019, por la cual se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago de becas de la convocatoria informativa dirigida a personas trabajadoras desempleadas de larga duración mayores de 30 años que hayan cursado especialidades formativas de formación profesional para el empleo subvencionadas por el SOIB que se ejecuten en el periodo 2018-2019

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Texto

Antecedentes

1. La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 13 de marzo de 2018 (BOIB nº 34, de 17 de marzo), abre la convocatoria informativa de becas de asistencia dirigida a personas trabajadoras desempleadas de larga duración mayores de 30 años y a las mujeres víctimas de violencia machista en situación de desempleo que sean alumnas de especialidades formativas de formación profesional para el empleo que estén subvencionadas por el SOIB y se ejecuten en el periodo 2018-2019.

2. Las personas beneficiarias que constan en el anexo de esta resolución han presentado una declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado.

3. Se ha comprobado que las personas beneficiarias están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears  y que cumplen las obligaciones que constan en el punto 5 del anexo 1 de la Resolución de convocatoria y en el resto de normativa aplicable.

4. En fecha 16 de septiembre de 2019 el jefe del Servicio de Gestión de Programas de Ocupación 5, con el visto-bueno de la jefa del Departamento de Formación y Ocupación, emitió un informe favorable sobre la concesión de subvenciones en concepto de becas en el marco de la convocatoria mencionada, así como autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago a favor de los alumnos que constan en el anexo de esta resolución.

5. El mismo día 16 de septiembre de 2019 el director del Servicio de Ocupación de las Illes Balears emitió una propuesta de resolución de concesión a favor de las personas beneficiarias, en la cual se les concedía un plazo de 10 días hábiles, a contar des del día siguiente al de la data de la publicación de la propuesta de resolución, para aportar les alegaciones, los documentos o las informaciones que consideren convenientes.

6. De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, la propuesta de resolución se notificó a las personas interesadas mediante publicación en la página web del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, del 18 de septiembre al 4 de octubre de 2019.

7. En fecha 26 de septiembre de 2019 el señor Bartolomé Rigo Adrover acudió a las oficinas centrales del Servicio de Ocupación de las Illes Balears para consultar el estado de tramitación de su solicitud de beca. Se detectó un error material en la propuesta de resolución de 16 de septiembre 2019 en el sentido de que se había omitido el módulo de prácticas (AF 1463/17), el cual se había incluido en la beca del señor Pedro Ballester Adrover. El Centro de Formación S'algar confirmó el hecho de que el señor Ballester no había solicitado ninguna subvención por el módulo de prácticas (AF 1463/17). A consecuencia de esta circunstancia se procede a rectificar el importe de las ayudas a favor de estas dos personas.

8. En fecha 2 de octubre de 2019 la señora Yesenia Martha Aliaga Ramos presentó un escrito de alegaciones en el Registro del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (registro núm. 31929/2019) en el que discrepaba del número de días de asistencia que aparece en la Propuesta de resolución. Se ha comprobado que el número de días asistidos a la acción formativa núm. 799/18 que consta en el anexo de esta resolución es correcto, por lo que procede el pago de la ayuda correspondiente a favor de la beneficiaria.

9. En fecha 3 de octubre de 2019 la señora Beatriz Mir Fernández presentó un escrito de  alegaciones en el Registro del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (registro núm. 32066/2019) en el que discrepaba del número de días de asistencia que aparece en la Propuesta de resolución y solicitaba la revisión de sus solicitudes de subvención. A consecuencia de esta circunstancia que afectaría la propuesta de resolución, se está comprobando los expedientes administrativos correspondientes y se emitirá una nueva propuesta de resolución que será objeto de una nueva notificación a esta persona.

8. A día de hoy no se tiene constancia de la presentación de ninguna otra alegación.

7. Hay crédito  adecuado y suficiente en les partidas presupuestarias 76101 322D11 48000 00 19020 de los presupuestos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos laborales, i 76101 322D11 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, para el año 2019.

Fundamentos de derechos

1. Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 13 de marzo de 2018, (BOIB nº 34, de 17 de marzo), por la cual se aprueba la convocatoria informativa de becas formativas dirigida a las personas trabajadoras desempleadas mayores de 30 años que tengan la condición de desempleadas de larga duración, así como las mujeres víctimas de violencia machista en situación de desempleo, que sean alumnas de especialidades formativas financiadas por el SOIB o impartidas por centros propios, para el periodo 2018-2019. 

2. El artículo 2.2 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Illes Balears ‎(BOIB nº 77, de 23 de mayo) establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otras, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas, desempleadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o de otros; la adaptación de la formación y recalificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.

3. De acuerdo con los apartados g y i del artículo 9.4 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas (BOE nº 276, de 18 de noviembre).

5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a las entidades públicas dependientes.

6. La concesión de estas becas y ayudas se tiene que hacer de manera directa según el procedimiento que establece el Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, previa solicitud del alumno, visto lo que dispone el artículo 28 del Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, en concordancia con el artículo 22.2 en relación con el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

7. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, no requieren ninguna otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de la situación mencionada previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

8. Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo, por la cual se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo por el cual se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones públicas destinadas a financiarlo.

9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, y lo define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo con el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el se modifica el Decreto 12/2019 de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

10. Las autorizaciones y disposiciones de gastos objeto de esta Resolución quedan excluidas de la prohibición de adquirir nuevos compromisos de gasto en fase D establecida en el artículo 5.1 de la orden de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, de 26 de septiembre de 2019, por la que se regulan las operaciones de cierre y apertura del ejercicio presupuestario (BOIB núm. 132, de 28 de septiembre de 2019), de acuerdo con sus artículos 5.2.f) y i) al tratarse de gastos financiados con fondos finalistas y concesiones de subvenciones publicadas antes de la entrada en vigor de esta Orden.

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la concesión de una subvención por un importe global de 34.083,00 €  (treinta y cuatro mil ochenta y tres euros) a favor de las personas que constan en el anexo de esta resolución, en concepto de beca por asistencia con aprovechamiento a especialidades formativas de formación profesional para el  empleo subvencionadas por el SOIB que se ejecuten en el periodo 2018-2019. El importe total de la beca por asistencia que corresponde a cada persona beneficiaria es de 21 € por día de asistencia diaria completa (13 € se tienen que financiar con fondos procedentes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos laborales y los 8 € restantes con cargo a los fondos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears).

2. Autorizar y disponer el gasto por un importe global de 34.083,00 €  a favor de las personas beneficiarias que constan en el anexo de esta Resolución, con cargo a las partidas presupuestarias siguientes:

21.099,00 € con cargo a la partida 76101 322D11 48000 00 19020 de los presupuestos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos laborales para el ejercicio 2019.

12.984,00 € con cargo a la partida 76101 322D11 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2019.

3. Reconocer la obligación y proponer el pago por un importe global de 34.083,00 €  (treinta y cuatro mil ochenta y tres euros) a favor de las personas beneficiarias que figuran en el anexo de esta Resolución, con cargo a las partidas presupuestarías 76101 322D11 48000 00 19020 de los presupuestos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos laborales para el ejercicio 2019, y 76101 322D11 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para el ejercicio 2019.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web del Servicio de Ocupación de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del SOIB en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con lo que disponen el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 marzo, de régimen de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 28 de octubre de 2019

El director general de Modelo Económico y Empleo,

Por delegación de competencias del presidente de SOIB

(resolución de 9 de julio, BOIB núm. 94 de 11 de julio)

Llorenç Pou Garcias

  

ANEXO

Personas beneficiarias de la subvención

 

Apellidos

Nombre

DNI/NIE

Núm. Expediente

Núm. CONCE

Centro Formación

Código especialidad formativa

Núm. acción formativa

Días

Importe Conferencia sectorial (13€/día)

Importe Fondos propios (8€/día)

Importe TOTAL

ALCALDE MORENO

ANGEL ANTONIO

*514K

BALD2 108/2018

8685/2019

IES FRANCESC DE BORJA MOLL

MP37/18

110/18

42

546,00 €

336,00 €

882,00 €

ALIAGA RAMOS

YESENIA MARTHA

*267F

BALD2 154/2018

8690/2019

CENTRE DE FORMACIÓ MARRATXÍ

CD119/18

799/18

19

247,00 €

152,00 €

399,00 €

ANGEL MARTIN

NELSON

*890S

BALD2 258/2018

8754/2019

EHIB

MP39/18

811/18

55

715,00 €

440,00 €

1.155,00 €

ARA MIRABET

MONTSERRAT

*880H

BALD2 228/2018

8718/2019

IES FRANCESC DE BORJA MOLL

MP37/18

111/18

36

468,00 €

288,00 €

1.134,00 €

112/18

18

234,00 €

144,00 €

BALLESTER ADROVER

BARTOLOME

*076M

BALD2 102/2018

8682/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR FELANITX

CD250/17

1460/17

22

286,00 €

176,00 €

1.617,00 €

1461/17

27

351,00 €

216,00 €

1462/17

28

364,00 €

224,00 €

BARCELO GUILLEN

JOAN FRANCESC

*968G

BALD2 190/2018

8695/2019

ACADEMIA EUROPA

CD222/18

422/18

31

403,00 €

248,00 €

651,00 €

BELTRAN CAÑON

FANNY ROCIO

*363V

BALD2 59/2018

8678/2019

FUNDACIÓ NOUS VENTS

CIIIV27/17

928/17

8

104,00 €

64,00 €

168,00 €

BORRAS RAMON

MARGARITA TERESA

*760M

BALD2 256/2018

8749/2019

EHIB

MP39/18

811/18

50

650,00 €

400,00 €

1.050,00 €

CAPO JUAN

ANTONIO

*381E

BALD2 148/2018

8688/2019

CENTRE DE FORMACIÓ MARRATXÍ

CO001/17

1726/17

16

208,00 €

128,00 €

1.113,00 €

1727/17

24

312,00 €

192,00 €

1728/17

13

169,00 €

104,00 €

FERNANDEZ CAZALLAS

ALEJANDRA

*558A

BALD2 150/2018

8689/2019

CIFP SON LLEBRE

MP1/18

1/18

31

403,00 €

248,00 €

2.247,00 €

2/18

40

520,00 €

320,00 €

3/18

19

247,00 €

152,00 €

4/18

17

221,00 €

136,00 €

FORTUNY ANDREU

CRISTINA

*280L

BALD2 181/2018

8692/2019

CONSELL INSULAR DE MENORCA

COS053/18

1021/18

10

130,00 €

80,00 €

210,00 €

FUSTER ESTEBAN

FRANCISCO JAVIER

*606P

BALD2 73/2018

8679/2019

CENTRE LA PURISIMA

CIIIV01/17

822/17

30

390,00 €

240,00 €

1.470,00 €

820/17

24

312,00 €

192,00 €

823/17

16

208,00 €

128,00 €

GRAND SAMPIETRO

ALEJANDRA SOLEDAD

*115M

BALD1 188/2018

8694/2019

MUEVETE FORMACIÓN

CDT048/17

1410/17

76

988,00 €

608,00 €

1.596,00 €

HEREDIA CAPO

JOSE PEDRO

*873L

BALD2 103/2018

8683/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR FELANITX

CD250/17

1460/17

22

286,00 €

176,00 €

462,00 €

IZQUIERDO LEYVA

PEDRO

*280N

BALD2 280/2018

8757/2019

FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN

CD110/18

550/18

7

91,00 €

56,00 €

147,00 €

JIMENEZ AYALA

LEONIDA ANTONIA

*903B

BALD2 247/2018

8725/2019

FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN

CD015/17

1306/17

20

260,00 €

160,00 €

420,00 €

LLAMBIAS LLANSO

MIGUEL ENRIQUE

*703B

BALD2 226/2018

8717/2019

IES FRANCESC DE BORJA MOLL

MP37/18

111/18

35

455,00 €

280,00 €

1.113,00 €

112/18

18

234,00 €

144,00 €

LLULL BALLESTER

ANTONIA

*387G

BALD2 195/2018

8701/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR – FELANITX

CDT011/18

299/18

39

507,00 €

312,00 €

819,00 €

LOPEZ LUENGO

ELIA DE LOS ANGELES

*732D

BALD2 205/2018

8704/2019

ACADEMIA EINSTEIN

CO010/17

1649/17

22

286,00 €

176,00 €

798,00 €

1648/17

16

208,00 €

128,00 €

MACHUCA MENDOZA

VICTOR MANUEL

*937Y

BALD2 142/2018

8687/2019

ESCUELA DE TURISMO DE BALEARES

CD141/17

1252/17

14

182,00 €

112,00 €

294,00 €

MAÑEZ RAMON

CLARA

*268N

BALD2 257/2018

8752/2019

EHIB

MP39/18

811/18

53

689,00 €

424,00 €

1.113,00 €

MORABURU MUNZ

ANDREA VERONICA

*806V

BALD2 176/2018

8691/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR – INCA

CDT006/18

288/18

40

520,00 €

320,00 €

840,00 €

MORABURU MUNZ

ANDREA VERONICA

*806V

BALD2 213/2018

8708/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR – PORTOCOLOM

CD018/18

283/18

11

143,00 €

88,00 €

231,00 €

NEGREAN

IOANA SIMONA

*905K

BALD2 235/2018

8720/2019

S'ALGAR

CD247/17

1154/17

27

351,00 €

216,00 €

777,00 €

1457/17

10

130,00 €

80,00 €

NICOLAS LOPEZ

MARIA ANGELES

*354B

BALD2 224/2018

8715/2019

CAN VENTOSA – SERVEI DE TREBALL I FORMACIÓ

CDT063/18

391/18

33

429,00 €

264,00 €

693,00 €

PEDRAZA PINTO

JOHN HERNANDO

*558J

BALD2 301/2018

8766/2019

FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN

CD113/18

567/18

21

273,00 €

168,00 €

441,00 €

PEÑA AÑINO

ELKY ALIONKA

*574X

BALD2 214/2018

8711/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR – PORTOCOLOM

CD018/18

283/18

12

156,00 €

96,00 €

252,00 €

PEÑA AÑINO

ELKY ALIONKA

*574X

BALD2 236/2018

8722/2019

MUEVETE FORMACIÓN

CO017/17

1666/17

25

325,00 €

200,00 €

525,00 €

PIRVU

ELENA-IULIANA

*505G

BALD2 93/2018

8680/2019

CENTRE DE FORMACIÓ INCA

CD247/17

1455/17

20

260,00 €

160,00 €

1.806,00 €

1456/17

33

429,00 €

264,00 €

1454/17

24

312,00 €

192,00 €

1457/17

9

117,00 €

72,00 €

POZO MARTÍNEZ

MARIA ISABEL

*809R

BALD2 132/2018

8686/2019

ACADEMIA EINSTEIN

CDT054/18

755/18

35

455,00 €

280,00 €

735,00 €

POZO MARTÍNEZ

MARIA ISABEL

*809R

BALD2 248/2018

8728/2019

ACADEMIA EINSTEIN

CO010/17

1645/17

30

390,00 €

240,00 €

630,00 €

RIGO ADROVER

BARTOLOME

*076M

BALD2 105/2018

8684/2019

CENTRE DE FORMACIÓ S'ALGAR FELANITX

CD250/17

1460/17

22

286,00 €

176,00 €

1.785,00 €

1461/17

29

377,00 €

232,00 €

1462/17

29

377,00 €

232,00 €

1463/17

5

65,00 €

40,00 €

SELVA RUIZ

ANA MARIA

*019F

BALD2 252/2018

8731/2019

ACADEMIA EINSTEIN

CO010/17

1646/17

56

728,00 €

448,00 €

1.176,00 €

SERRA FERRA

MARGARITA ASUNCION

*518R

BALD2 206/2018

8706/2019

ACADEMIA EINSTEIN

CO010/17

1649/17

21

273,00 €

168,00 €

441,00 €

SERRADJ

AMINE

*599D

BALD2 289/2018

8760/2019

CIFP JOAN TAIX

MP13/18

43/18

11

143,00 €

88,00 €

567,00 €

44/18

16

208,00 €

128,00 €

SINTES FORTUNY

JUANA LUISA

*981K

BALD2 194/2018

8699/2019

ACADEMIA EUROPA

CDT129/18

428/18

33

429,00 €

264,00 €

693,00 €

TRUJILLO RIQUELME

MARIA PRAXEDES

*270H

BALD2 100/2018

8681/2019

UCABAL

CD103/18

302/18

20

260,00 €

160,00 €

1.218,00 €

303/18

28

364,00 €

224,00 €

301/18

10

130,00 €

80,00 €

VENTOSA HERNANDEZ

MARIA ISABEL

*242W

BALD2 223/2018

8713/2019

CAN VENTOSA – SERVEI DE TREBALL I FORMACIÓ

CDT063/18

391/18

31

403,00 €

248,00 €

651,00 €

VILLA GOMEZ

LUCELLY

*009M

BALD2 193/2018

8696/2019

ACADEMIA EUROPA

CD221/18

416/18

31

403,00 €

248,00 €

1.764,00 €

417/18

28

364,00 €

224,00 €

418/18

25

325,00 €

200,00 €

IMPORT TOTAL

21.099,00 €

12.984,00 €

34.083,00 €