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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 11626
Aprobación definitiva modificación base 39

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Texto

Finalizado el periodo de exposición pública de la modificación de la Base 39 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2019, aprobada inicialmente en sesión plenaria de fecha 07/08/2019, habiéndose publicado anuncio en el BOIB nº 145 de fecha 24/10/2019, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 112 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el articulo 169 del RDL 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado reclamaciones, se consideran las modificaciones definitivamente aprobadas, quedando la Base 39 redactada con el siguiente tenor literal:

Base 39a. Asignación económica a grupos políticos

Una vez que el presupuesto municipal se haya aprobado y entrado en vigor,  se entenderá otorgada la asignación económica a los grupos políticos del Ajuntament, y se procederá a la tramitación de los documentos AD por el importe de las asignaciones anuales a percibir por cada uno de los grupos políticos del Ajuntament, con la composición que en este momento figure en el correspondiente registro. Estos importes se harán efectivos mediante anticipos por meses naturales, en doce (12) anticipos de igual cuantía que se efectuará a principio del mes que corresponda.

No se podrá librara un nuevo pago hasta que no se hayan presentado las justificaciones de los ejercicios anteriores.

La Secretaria del Ajuntament comunicará a la Intervención cualquier variación en la composición de los grupos políticos de la Corporación, que determinará automáticamente la emisión de los documentos contables AD/ i AD, por las cuantías que procedan con la finalidad de donar cumplimiento a lo dispuesto en la base.

Los grupos políticos no podrán destinar estas asignaciones al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación o la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial y deberán llevar una contabilidad especifica de la mencionada dotación económica., que pondras a disposición del Pleno de la Corporación siempre que este lo solicite.

La justificación de la asignación económica recibida será anual y en la cuantía correspondiente a los anticipos efectuados en el ejercicio presupuestario y deberá realizarse antes del 31 de enero del ejercicio siguiente. Para justificar la asignación económica recibida el grupo político municipal debera aportar una declaración responsable firmada por su portavoz en la que se haga constar:

- Que la asignación económica recibida se ha aplicado a las finalidades legalmente establecidas con las limitaciones específicas del articulo 73.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Que por parte del grupo político se lleva una contabilidad especifica de la asignación económica recibida, la cual se pone a disposición del Pleno de la Corporación.

- Que para atender los gastos a los cuales se aplica la asignación recibida, no han recibido otra aportación o ingreso.

- Que el grup político municipal se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

- Que el grup político municipal no ha recibido ninguna comunicación de resolución de reintegro de la asignación económica o pérdida del derecho al cobro de la misma.

Para el ejercicio 2019, y dado que se ha procedido a renovar la Corporación después de las elecciones municipales celebrades este ejercicio, la justificación se referirá a la totalidad del importe economico recibido por cada grupo politico en este ejercicio 2019, tanto de la antigua como de la nueva Corporación.

La justificación de la asignación económica de la Corporación que ha salido, deberá hacerse efectiva antes de la finalización del presente ejercicio.

Para la percepción de la asignación económica los grupos políticos municipales deberán disponer de  Número de Identificación Fiscal (NIF) propio y  cuenta bancaria especifica habilitada a tal efecto. La titularidad de esta cuenta bancaria se deberá corresponder con el  grup municipal con su NIF.”

Llucmajor, 19 de noviembre de 2019

El alcalde

Eric Jareño Cifuentes