Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 11559
Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora del precio público para la venta de placas de Andratx
De conformidad con el acuerdo plenario de este Ayuntamiento sobre las modificaciones puntuales de las ordenanzas fiscales, y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el texto íntegro de la siguiente ordenanza fiscal (incluyendo las modificaciones aprobadas):
«ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA VENTA DE PLACAS
Artículo 1 Concepto
De acuerdo con lo que prevén los artículos 127 y 41 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (Real decreto legislativo 2/2004), el Ayuntamiento de Andratx establece el precio público para la venta de placas y escudos del Ayuntamiento de Andratx, que se tiene que de regir por esta ordenanza.
Artículo 2 Obligados al pago
Están obligados a pagar el precio público regulado en esta ordenanza:
Quines adquieran las placas urbanísticas a que se refiere el artículo 157 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de les Illes Balears.
Quines soliciten un duplicado de placa de numeración de inmueble.
Artículo 3 Cuantía
Placa de licencia de obras.......................30,00 €
Placa de número de puerta.......................5,00 €
Placa de local o letra......................……....5,00 €
Artículo 4 Obligación de pago
La obligación del pago del precio público regulado en esta ordenanza nace en el momento de adquirir las placas y se ha de efectuar en el mismo instante en que se retiren.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta ordenanza entra en vigor el 1 de enero de 2012, cuando se publique completamente el texto en el Boletín Oficial de les Illes Balears y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley/1985, de 2 de abril, y estará en vigor hasta que se modifique o derogue expresamente.»
Andratx, 14 de novembre de 2019
La Acaldesa. Katia Rouarch