Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Núm. 11510
Rectificación de errores del requerimiento de subsanación de 6 de noviembre de 2019 de deficiencias de las solicitudes y acreditación de los méritos alegados presentados en el concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia convocado en Resolución de 25 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 154 de 12 de noviembre de 2019)
En fecha 12 de noviembre de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears el requerimiento de subsanación de deficiencias de las solicitudes y acreditación de los méritos alegados presentados en el concurso de méritos para la adjudicación de 34 oficinas de farmacia convocado por Resolución del director general de Planificación, Evaluación y Farmacia de 25 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 154, 12 de noviembre de 2019).
Se ha advertido un error en el anexo del requerimiento de subsanación relativo a la omisión en la lista de subsanación de deficiencias de las solicitudes de la participante María Adrover Rigo, con DNI ***2721**.
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común indica que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos o disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Conforme a lo anterior,
1. Se añade a la Sra. María Adrover Rigo, con DNI ***2721**, al anexo de la lista de subsanación de deficiencias de las solicitudes.
2. Se requiere a la Sra. María Adrover Rigo, con DNI ***2721**, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con la base 4.1 del anexo 2 de la convocatoria del concurso, que subsane la deficiencia de la solicitud conforme se establece en el anexo 2 de la convocatoria del concurso, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta rectificación de errores en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Transcurrido este plazo sin que se haya procedido a la subsanación, la participante será excluida del concurso.
Esta rectificación se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Servicio de Ordenación Farmacéutica, de la Dirección General de Prestaciones y Farmacia.
Palma, 15 de noviembre de 2019
La presidenta de la comisión
Isabel Iglesias Martín
ANEXO
LISTA DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LAS SOLICITUDES
Se añade a la lista de subsanación de deficiencias de las solicitudes la siguiente participante:
Apellido 1 |
Apellido 2 |
Nombre |
DNI |
|
Adrover |
Rigo |
María |
***2721** |
Numerar la documentación adjuntada con la solicitud |