Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 11490
Resolución del director general de Cooperación Local y Patrimonio de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle de Cecili Metel ,11, 1º D de Palma (exp. SP 217/2019)
Hechos
1. El 19 de noviembre de 2003 se firmó un contrato de arrendamiento del inmueble de situado en la calle de Cecili Metel, 11, escalera B, 1º D de Palma, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Sr. Llorenç Mayol Coll, titular del inmueble, por un plazo de dos años, desde el 1 de noviembre de 2003 hasta el 31 de octubre de 2005, como sede del Consejo Escolar de las Illes Balears.
2. El contrato ha sido prorrogado hasta el 31 de octubre de 2019.
3. La referencia del Registro de la Propiedad de este local es la siguiente:
― Inmueble urbano, de aproximadamente 124,19 metros cuadrados, local 4 del primer piso situado en el núm. 11 de la calle de Cecili Metel de Palma, inscrito en el folio 91 del libro 281 del tomo 3830, finca 9586, inscripción Y, del Registro núm. 5 de Palma. Referencia catastral 0009501-DD7800G-0089-Q-L.
4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000001774.
5 . El 23 de octubre de 2019 tuvo entrada en la Dirección general de Cooperación Local y Patrimonio un oficio del secretario general de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, con documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del local mencionado, por el periodo comprendido entre el 1 noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2021, que es la siguiente:
― Propuesta de inicio del expediente, de 18 de octubre de 2019, del secretario general de Educación, Universidad e Investigación, por delegación.
― Informe justificativo del secretario general de Educación, Universidad e Investigación, de 27 de noviembre de 2017.
― Memoria de la actividad que se desarrolla en la sede del Consejo Escolar de las Illes Balears del presidente del CEIB de 18 de octubre de 2019.
― Informe favorable de precios de mercado emitido por la jefa de Proyectos, Obras y Supervisión del Instituto de Infraestructuras y Servicios Educativos.
― Propuesta de resolución de autorización y disposición del correspondiente crédito presupuestario, firmada por el secretario general de Educación, Universidad e Investigación, de 28 de noviembre de 2017. El gasto total previsto es de 23.456.40 € e irá a cargo de la partida presupuestaria 13101.421A01.20200.
― Documento RF de fiscalización original.
― Certificado de gastos plurianuales comprometidos, firmado por el jefe de la UGE.
― Informe de la dirección general competente en materia de presupuestos.
6. Teniendo en cuenta la cantidad mencionada, este expediente no requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Govern y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 88, de 3 de julio).
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Govern de les Illes Balears (BOIB n.º 88, de 3 de julio).
4. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).
5. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el que se nombra altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB n.º 107, de 3 de agosto).
6. El contrato principal de arrendamiento subscrito el 1 de noviembre de 2003.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado a la calle de Cecili Metel, 11 ,1ªD,del 1 de noviembre de 2019 al 31 de octubre de 2021 por una renta mensual de 982,81 €, incluido IVA, que suman un total de gasto de 23,587,46 €, incluido IVA, con cargo a la partida presupuestaria 13101.421A01.20200.00, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de que se pueda continuar utilizando para ubicar servicios del Consejo Escolar de las Illes Balears.
2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, sin perjuicio de que deba tramitarse el correspondiente procedimiento económico-financiero.
3. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Cooperación Local y Patrimonio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación y publicación en Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación y publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 13 de noviembre de 2019
El director general
Francesc Miralles Mascaró