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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA

Núm. 11420
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta del director general de Movilidad y Transporte Terrestre, por la que se autoriza la solicitud de revisión de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi de Andratx (exp.: SGCAMAT 03/2019 SPT)

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Texto

En fecha 7 de noviembre de 2019, el director general de Movilidad y Transporte Terrestre ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. El 7 de junio de 2019, el Ayuntamiento de Andratx presentó en la Dirección General de Movilidad y Transportes una solicitud en relación a la revisión de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi.

2. El 29 de julio de 2019 se solicita al Ayuntamiento de Andratx la corrección del estudio aportado y en fecha de 5 de setiembre de 2019 el consistorio aporta las modificaciones solicitadas

3. El 28 de octubre de 2019, los técnicos de gestión económica del Consorcio de Transportes de Mallorca realizaron un informe técnico favorable a la propuesta de revisión de las tarifas aprobadas por el Ayuntamiento de Andratx.

4. La Comisión de Precios de las Illes Balears, en la sesión de 6 de noviembre de 2019, examinó el expediente y adoptó el siguiente acuerdo:

Dictaminar favorablemente la revisión de las tarifas solicitada por el Ayuntamiento de Andratx con relación a los servicios de transporte urbano de viajeros en taxi para el año 2019, que será la siguiente:

 

Solicitud de nuevas tarifas urbanas

Tarifa 1: kilómetro recorrido en día laborable (6 - 21 horas)

1,00 €

Tarifa 2: kilómetro recorrido en día festivo o noche (21 - 6 horas)

1,12 €

Bajada de bandera

2,14 €

Hora de espera

17,75 €

Suplementos:

Radioteléfono

Maletas

Bajada bandera Navidad

 

1,21 €

0,51 €

2,08 €

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE n.º207, de 30 de agosto).

2. La Orden ministerial de 30 de septiembre de 1977 por la que se dictan normas complementarias del Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifas de los servicios de competencia local (BOE n.º 241, de 8 de octubre).

3. El Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE n.º 260, de 31 de octubre).

4. El Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE n.º 139, de 8 de junio).

5. El Decreto 30/2013, de 14 de junio, por el que se crea la Comisión de Precios del Agua y los Transportes Urbanos y se regula su composición y funcionamiento (BOIB n.º 85, de 15 de junio de 2013).

6. El Decreto21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 106, de 2 de agosto de 2019).

7. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 22/2019, de 19 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se rectifica el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 106, de 2 de agosto de 2019).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Movilidad y Vivienda que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Precios de las Illes Balears de la sesión de 6 de noviembre de 2019, la revisión de las tarifas solicitada por el Ayuntamiento de Andratx con relación a los servicios de transporte urbano de viajeros en taxi para el año 2019, que será la siguiente:

 

Solicitud de nuevas tarifas urbanas

Tarifa 1: kilómetro recorrido en día laborable (6 - 21 horas)

1,00 €

Tarifa 2: kilómetro recorrido en día festivo o noche (21 - 6 horas)

1,12 €

Bajada de bandera

2,14 €

Hora de espera

17,75 €

Suplementos:

Radioteléfono

Maletas

Bajada bandera Navidad

 

1,21 €

0,51 €

2,08 €

2. Notificar la resolución a la entidad interesada.

3. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. nformar de que la resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 7 de noviembre de 2019

El director general proponente Jaume Mateu Lladó

El consejero de Movilidad y Vivienda ​​​​​​​Marc Pons i Pons