Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 11415
Nombramiento de personal eventual
En cumplimiento de las disposiciones vigentes a continuación se hace pública la Resolución núm. 2019/883, de día 13 de noviembre, que ha dictado la Sra. Alcaldesa relativa al nombramiento de personal eventual, que literalmente dice:
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto que el pasado día 22 de julio de 2019 el Pleno de la corporación aprobó el presupuesto y la plantilla del Ayuntamiento de Alcúdia para 2019, en la cual figuraban dos plazas de personal eventual, denominadas Secretaria de la alcaldía y Colaborador con los regidores de las áreas de Ferias y Mercados, Comercio y Fiestas
Visto el que dispone el artículo 176 del RDL 781/1986, de 18 de abril, que establece la necesidad de que los lugares de trabajo de personal eventual estén recogidos a la plantilla de personal de la corporación y la necesidad de que se cumplan las condiciones específicas establecidas en el catálogo de puestos de trabajo vigente.
Visto que el artículo 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), así como el artículo 12 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, establecen que el personal eventual es nombrado y cesado libremente por la alcaldesa del Ayuntamiento.
Visto que Margalida Roser Riera Llull reúne todos los requisitos y perfil idóneo para desarrollar la plaza de Secretaria de la alcaldía.
Vistas las atribuciones que otorga a la alcaldesa el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
Primero.- Nombrar a Margalida Roser Riera Llull, con DNI 41586127B, personal eventual para ocupar la plaza de Secretaria de la alcaldía (código 1200 del vigente catálogo de puestos de trabajo), desde día 13 de noviembre, a jornada completa y dedicación exclusiva, siendo sus retribuciones de 24.736,33 euros brutos anuales.
Segundo.- El nombramiento quedará sujeto a las preinscripciones de los mencionados artículos 104 de la Ley 7/1985 y 176 del RDL 781/1986, así como a las del RD 707/1979, de 5 de abril, que determina la fórmula de juramento o prometida para la toma de posesión de cargos o funciones.
Tercero.- Ordenar la publicación de este nombramiento al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Alcúdia, a la fecha de la firma.
La alcaldesa La interventora El secretario”
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:
a) Directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
b) Recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
c) Cualquiera otro recurso que creáis conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015, del 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Cosa que hacemos pública
Alcúdia, 14 de noviembre de 2019
La alcaldesa,
Bàrbara Rebassa Bisbal