Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 11349
Notificación colectiva de anuncio de cobro de la tasa para el suministro de agua
La Junta de Gobierno de fecha 30 de octubre de 2019 aprobó;
Notificación colectiva de anuncio de cobro de la tasa para el suministro de agua
A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio) se comunica a los contribuyentes que el Ayuntamiento de Inca, al cual corresponde la función recaudadora, llevará a término el cobro, en periodo voluntario de la tasa para el suministro de agua correspondiente al ejercicio de 2020, en el termino y formas que se indican a continuación:
A) PLAZOS DE PAGO:
- Primer trimestre de 2020: El pago se realizará del día 1 de abril al día 1 de junio de 2020 (ambos incluidos).
- Segundo trimestre de 2020: El pago se realizará del día 1 de julio al día 31 de agosto de 2020 (ambos incluidos).
- Tercer trimestre de 2020: El pago se realizará del día 1 de octubre al día 30 de noviembre de 2020 (ambos incluidos).
- Cuarto trimestre de 2020: El pago se realizará del día 4 de enero al día 3 de marzo de 2021 (ambos incluidos).
B) FORMAS DE PAGO:
- Los contribuyentes que hayan recibido el aviso o los avisos de pago pueden pagar presentando el aviso correspondiente en las entidades colaboradoras (se pueden consultar en la página web municipal www.ajinca.net).
- El pago también se podrá hacer de forma telemática por Internet a través de los enlaces de la página web municipal www.ajinca.net
- Los recibos domiciliados en una entidad bancaria se remitirán a las entidades bancarias respectivas para que se carguen en las cuentas de los contribuyentes. Les recordamos que es conveniente usar las modalidades de domiciliación de pago y de gestión de abono de los recibos mediante entidades bancarias, de acuerdo con lo que establece el Reglamento General de Recaudación (artículos 25.2 y 38).
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago pueden obtenerlo en la oficina de recaudación situada en la Plaza España núm. 1, 07300, INCA, de lunes a viernes de las 8.30 a las 14 horas.
Advertimos a los contribuyentes que, de acuerdo con lo que preveen los artículos 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, una vez transcurrido el término de ingreso en período voluntario, antes señalado, se iniciará el período ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si cabe, de los intereses de demora y de las costas que se producen.
Inca, 31 de octubre de 2019
EL ALCALDE, Virgilio Moreno Sarrió.