Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 11310
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 23.09.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria y bases de ayudas destinadas a compensar los daños causados por el tornado ocurrido en Menorca el día 28 de octubre de 2018 a los titulares de las explotaciones agrarias afectadas (Exp. 3249-2019-000001)
BDNS 481330
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de una explotación agraria y que hayan sufrido daños directos debido al tornado ocurrido en Menorca en fecha 28 de octubre de 2018.
2. Las explotaciones agrarias deben estar inscritas en el Registro interinsular agrario de las Islas Baleares (RIA), regulado por el Decreto 43/2015, de 22 de mayo, de principios generales y directrices de coordinación en materia de explotaciones agrarias, agrarias prioritarias , de titularidad compartida, preferentes y de ocio o autoconsumo; de regulación sobre la organización y el funcionamiento del Registro interinsular agrario y de los registros insulares agrarios de las Islas Baleares y / o en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA). Las explotaciones inscritas en el RIA como autoconsumo quedan excluidas de esta ayuda. Este requisito se comprobará de oficio, salvo manifestación contraria del interesado, que en este caso deberá presentar el certificado correspondiente.
3. Formar parte del censo de afectados por el tornado, regulado por el Decreto de Presidencia de la presidenta del Consell Insular de Menorca, de 2 de noviembre de 2018, por el que se reconoce la existencia de un fenómeno climático adverso asimilable a un desastre natural y su relación causal directa con los perjuicios sufridos en el sector primario de Menorca, e inicio de las actuaciones para paliarlos.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria de ayudas es compensar los daños provocados como consecuencia directa del tornado que atravesó Menorca el día 28 de octubre de 2018, dado que se trata de un fenómeno climático adverso asimilable a un desastre natural, y que han sido evaluados por la Administración pública, a las explotaciones agrarias que se encuentran dentro de la trayectoria del tornado.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de dia 23 de septiembre de 2019.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 200.000 € (doscientos mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Sexto. Otros datos.
El ámbito territorial de aplicación de las ayudas previstas en esta convocatoria son los municipios de Alaior, Es Mercadal y Maó, concretamente las explotaciones agrarias que se encuentran dentro de la trayectoria del tornado.
La cuantía total de la subvención para cada uno de los beneficiarios será como máximo de 50.000 €.
Maó, 11 de noviembre de 2019
Por delegación de la Presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo, Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº. 97, de 16.7.2019)