Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 11301
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Nombramiento director general de Gobierno Interior del Ayuntamiento de Palma
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno número 20191106_01_U025 de fecha 6 de noviembre de 2019 se acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Nombrar como órgano directivo al Sr. Marcos Cañabate Figuerola para ocupar el puesto de director general de Gobierno Interior.
SEGUNDO.- Eximir el puesto de trabajo relacionado en el apartado 1, del requisito de ser nombrado entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional pertenecientes a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento orgánico del gobierno y administración del ayuntamiento de Palma.
TERCERO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para los directores y coordinadores generales y acuerdos del Pleno.
CUARTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, todos los Coordinadores/as y Directores/as Generales nombrados por parte de la Junta de Gobierno continuarán en su puesto de trabajo a pesar de haber expirado el mandato de la Corporación, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.
QUINTO.- Notificar el presente acuerdo al órgano directivo municipal relacionado anteriormente, así como a la concejalía del Área correspondiente y publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
SEXTO.- El presente nombramiento será efectivo una vez que el interesado haya tomado posesión del cargo ante el concejal de Hacienda, Innovación y Función Pública y haya presentado la declaración responsable de idoneidad ante el Servicio de selección y provisión, así como la declaración responsable de bienes y actividades ante la Secretaría general del Pleno.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 11 de noviembre de 2019
El jefe de Departamento de Personal
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Antoni Pol Coll