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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 11277
Participación Ciudadana. Comunicación Decret 14191/19, cancelación inscripción RMEC (505 REN)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto que no se han podido practicar las notificaciones a las entidades que se mencionan a continuación, en cumplimiento del art. 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm 236, de 02 de octubre de 2015), mediante este edicto se notifica la siguiente resolución de acuerdo con el Decreto nº  14191 de fecha 18/07/2019

1r. Dar de baja la inscripción  del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (RMEC) las entidades siguientes:

EXPTE.

Nº RMEC

CIF

NOMBRE ENTIDAD

C/191

1756/18

G57991267

FORJADORES DE GESTAS

C/195

1782/18

G16560641

AS. MALLORQUINA CULTURAL Y DEPORTIVA BRASILEÑA

D/007

1066/08

G57543779

AS. PICAROL DONES DE BAUXA

E/165

1259/10

G07061682

AS. DE PADRES DE NIÑOS AUTISTAS

E/023

0766/05

G07101884

AS. BALEARES VIDA

E/024

0771/05

G07691850

A.B.EX. (AS. BALEAR EX ALCOHÒLICS)

FU/043

1385/11

G57167892

FUNDACIÓN UNIENDO ESPERANZAS

G/007

1793/18

G57990996

INEDITHOS, INTERVENCIO I INVESTIGACIO EDUCATIVA I

H/118

1664/16

G57935306

NOU CIRC SOCIAL DE LES ILLES BALEARS

I/107

1781/18

G57798126

AS. DE DOMINICANOS/AS JUAN PABLO DUARTE EN

I/118

1805/18

G57674681

AS. KAYIRABA

I/013

1004/07

G57475899

LIBRE ASOCIACIÓN DE INMIGRANTES DE GHANA (LAIG)

I/039

1257/10

G57209660

NOBLES CLUB OF NIGERIA

I/069

1560/14

G57592321

YORUBA DE LAS ISLAS BALEARES

I/086

1671/16

G57976631

AS. DE LA JUVENTUD DE NIAGANE MADINA BENKADI

J/034

1420/12

G57742710

BAOBAB EDUCA ENTITAT PRESTADORA DE SERVEIS A

R/010

1725/17

G16504730

AS. MONITORES BALEARES

T/047

1790/18

G57982910

SA COTXERIA CLUB SOCIAL DE SWING

 

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición delante del mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la via contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes citado y lo que dispone la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

Palma, 12 de noviembre de 2019

La jefa del departamento de Participación Ciudadana

P.A.: La TAG

Aina Mesquida Barceló