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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11240
Procedimiento ordinario 1024 /2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO 1024/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dª JUANA BERGAS LLOMPART contra YAKARTA SPA, S.L.U. sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución por SSª Sentencia n.º 42/2019 de fecha 13/02/2019 cuyo FALLO se relaciona:

 FALLO

Que ESTIMANDO la demanda formulada a instancias de Dª. JUANA BERGAS LLOMPART, representada por el Letrado D. Juan José López Ruzafa, contra YAKARTA SPA, S.L.U., debo condenar y condeno a YAKARTA SPA, S.L.U. a abonar a Dª. JUANA BERGAS LLOMPART la cantidad de 955,95 euros, más 158,45 euros en concepto de recargo por mora.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA.- La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que la anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Jueza de lo Social que la suscribe, estando celebrando audiencia pública y es notificada a las partes, quedando su original en el Libro Oficial de Resoluciones y copia testimoniada en los autos. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a YAKARTA SPA, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de les ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Palma, 4 de noviembre de 2019

El/La letrado de la Administración de Justicia  

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

 Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.