Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11216
Resolución de la directora de Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 31 de octubre de 2019, por la cual se conceden las ayudas, se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago de la primera mensualidad de las ayudas previstas en la Orden de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 11 de octubre de 2019, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores a los trabajadores vinculados a empresas incursas en un proceso de acreedores a consecuencia del concurso de acreedores de la empresa Thomas Cook

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

​​​​​​​

 Antecedentes

1. En fecha 5 de octubre de 2019 se ha publicado al BOIB núm. 136, el Decreto ley 2/2019, de 4 de octubre, que tiene como objeto de establecer, con carácter inmediato, ayudas puntuales destinadas a paliar los impactos económicos que produce el concurso de acreedores de la agencia de viajes Thomas Cook sobre la economía de las Illes Balears.

2. Este Decreto ley regula el marco para establecer y ejecutar los ayuda del Programa II. En este programa se prevén ayudas a los trabajadores afectados por un procedimiento concursal, mientras este se tramita.

3. Así mismo, al último párrafo del artículo 2 del Decreto ley se prevé que la concreción de las ayudas, del importe de estas, como también de los requisitos para beneficiarse y del procedimiento para otorgarlos se tiene que llevar a cabo mediante las bases reguladoras y las convocatorias correspondientes.

4. En cumplimiento de la disposición anterior, mediante la Orden de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, de 11 de octubre de 2019, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores a los trabajadores vinculados a empresas incursas en un proceso de acreedores a consecuencia del concurso de acreedores de la empresa Thomas Cook (BOIB núm. 140 de 15 de octubre de 2019).

5. En fecha 31 de octubre de 2019, el Departamento de Orientación e Intermediación ha emitido un informe favorable sobre la concesión de ayudas a favor de los trabajadores de la agencia de viajes al por mayor Thomas Cook que constan en la lista de personas beneficiarias del anexo de esta Resolución. El Departamento informa que se ha comprobado que estas personas reúnen los requisitos que establece el apartado 2 de la Orden mencionada y determina la cuantía de la ayuda a percibir por las personas solicitantes del anexo del informe, en base a la situación de alta a la Seguridad Social de las personas beneficiarias en una empresa distinta de la que se encuentra en proceso concursal con el objetivo de informar de los días trabajados, en concreto entre el día 1 y el 31 de octubre. 

6. El apartado 4 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 11 de octubre de 2019 establece que el plazo para presentar las solicitudes es de 30 días naturales a contar desde el día siguiente del inicio del procedimiento concursal. La Orden se publicó en el BOIB día 15 de octubre de 2019.

La empresa Thomas Cook inició el procedimiento concursal el día 1 de octubre de 2019. A pesar de esto, los trabajadores solicitantes cumplen los requisitos con efectos al día del inicio del procedimiento concursal de la empresa, así, aunque el plazo de presentación de solicitudes no estaba abierto, los trabajadores de la empresa, a través de un equipo del SOIB específico para atender estos trabajadores, recibieron información de las medidas que se llevarían a cabo y de los procedimientos, así como orientación y otra información desde el 30 de septiembre de 2019.

7. El apartado 6 de la Orden de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 11 de octubre de 2019 establece que el importe de la ayuda es de 500 € mensuales máximo por persona beneficiaria, con una cuantía máxima de 2.000 € por persona beneficiaria que corresponde a cuatro mensualidades. En el supuesto de que la persona beneficiaria perciba una prestación laboral o salarial inferior a una mensualidad, la ayuda a percibir tiene que ser proporcional a los días que no haya recibido este tipo de prestación y, en todo caso, el prorrateo se tiene que aplicar sobre 30 días.

Los pagos de las ayudas son mensuales, por meses vencidos, previa comprobación que la persona beneficiaria cumple o mantiene los requisitos del apartado 2 de la Orden.

8. Todas las personas que constan en el anexo de esta Resolución son beneficiarias de la cuantía que corresponde a cada una de ellas en función del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, la ayuda máxima o la cuantía proporcional a los días que no hayan recibido ninguna prestación laboral o salarial inferior a una mensualidad completa.   

9. Hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 76101 322D02 48000 00 19020 de los presupuestos del SOIB para el año 2019. El gasto también se imputa a la partida presupuestaria 76101 322D02 48000 00 20020 del presupuesto del SOIB para el ejercicio 2020, bajo la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente.

Esta convocatoria se financia con fondos provenientes de Conferencia Sectorial.

10. Las personas beneficiarias tienen que cumplir con las obligaciones estipuladas en la normativa aplicable a estas ayudas.

11. Los trabajadores solicitantes percibirán las ayudas previstas en la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 11 de octubre de 2019 mientras se tramita el procedimiento concursal, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2 del Decreto ley 2/2019, de 4 de octubre, y hasta un máximo de 4 mensualidades desde el inicio del procedimiento concursal.

12. Esta ayuda es incompatible con la percepción de una prestación laboral o salario completo con cómputo mensual que se genere dentro de este periodo del procedimiento concursal.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto ley 2/2019, de 4 de octubre, por el cual se establecen ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook sobre la economía de las Illes Balears (BOIB núm. 136, de 5 de octubre de 2019).

2. La Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 11 de octubre de 2019, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores a los trabajadores vinculados a empresas incursas en un proceso de acreedores a consecuencia del concurso de acreedores de la empresa Thomas Cook (BOIB núm. 140, de 15 de octubre de 2019).

3. El artículo 2.2 del Decreto 37/2015, de 22 de mayo, de aprobación de los Estatutos de Servicio de Ocupación de las Illes Balears ‎(BOIB núm. 77, de 23 de mayo) establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otras, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas desempleadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena; adaptar la formación y recalificación para la ocupación de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.

4. De acuerdo con el artículo 3.3.c) del Decreto ley 2/2019 en concordancia con el artículo 5.5 de la Orden de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, de 11 de octubre de 2019 corresponde a la directora del SOIB dictar las resoluciones correspondientes a esta Orden.

5. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, tiene por objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas (BOE 276, de 18 de noviembre).

6. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre) tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a las entidades públicas que dependen.

7. La concesión de estas ayudas se tiene que hacer de manera directa mediante un procedimiento que no es de concurso, dado que no es necesaria la comparación y la prelación en un único procedimiento de todas las solicitudes entre sí, en virtud de la urgencia y de lo que dispone el artículo 17.3 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

8. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Empleo de las Illes Balears, y lo define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo con el Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio), el SOIB está adscrito Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

9. Las autorizaciones y disposiciones de gastos objeto de esta Resolución están excluidas de la prohibición de adquirir nuevos compromisos de gasto en fase D establecida en el artículo 5.1 de la orden de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, de 26 de septiembre de 2019, por la cual se regulan las operaciones de cierre y de apertura del ejercicio presupuestario (BOIB núm. 132, de 28 de septiembre de 2019), de acuerdo con el artículo 5.2.f) al tratarse de gastos financiados con fondos finalistas.

10. De acuerdo con el apartado 7 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 11 de octubre de 2019, el SOIB tiene que hacer el pago de la ayuda una vez se dicte la resolución. La resolución de concesión reconoce el derecho a la ayuda y ordena el primer pago. Los pagos son por meses vencidos. Para el segundo pago y los siguientes, el servicio correspondiente tiene que comprobar, previamente a la resolución de pago, que la persona beneficiaria mantiene los requisitos previstos en esta convocatoria. En el supuesto de que se compruebe que no cumple los requisitos, se tiene que suspender el pago y se tiene que requerir a la persona interesada para que enmiende la falta o adjunte los documentos preceptivos, de acuerdo con el artículo. 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En caso de que la persona beneficiaria enmiende en tiempo y forma correspondiente, el órgano competente tiene que dictar una resolución de pago.

En caso de que no se enmiende o se incumplan los requisitos, este hecho constituye causa de pérdida del derecho a percibir la ayuda.

11. De acuerdo con el apartado 8 de la Orden de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 11 de octubre de 2019, en el supuesto de que se verifique el incumplimiento de las condiciones y obligaciones previstas en esta Orden, en la normativa aplicable, en esta convocatoria o en la resolución de concesión se iniciará un procedimiento de reintegro de las cuantías recibidas de forma indebida, de conformidad con el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la concesión de una subvención para paliar los impactos económicos del concurso de acreedores de la empresa Thomas Cook, a favor de las personas beneficiarias que figuran en el anexo, por un importe total de 312.000,00 € en el marco de la convocatoria aprobada por Orden de Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 11de octubre de 2019, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas puntuales (BOIB núm. 140 de 15 de octubre). 

2. Autorizar y disponer un gasto a favor de las personas beneficiarias que figuran en el anexo de esta resolución por importe de 156.000,00€ a cargo de la partida presupuestaria 76101 322D02 48000 00 19020 del presupuesto del SOIB para el año 2019.

3. Autorizar y disponer un gasto a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo de esta resolución por importe de 156.000,00 € a cargo de la partida presupuestaria 76101 322D02 48000 00 20020 del presupuesto del SOIB para el año 2020.

4. Reconocer la obligación y proponer el pago de la primera mensualidad de la ayuda, por el importe total de 78.000,00 €, a favor de las personas beneficiarias y por los importes que constan en el anexo de esta Resolución, con cargo a la partida presupuestaria 76101 322D02 48000 00 19020 de los presupuestos del SOIB para el año 2019.

5. Estas autorizaciones y disposiciones de gastos están excluidas de la prohibición de adquirir nuevos compromisos de gasto en fase D establecida en el artículo 5.1 de la orden de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, de 26 de septiembre de 2019, por la cual se regulan las operaciones de cierre y de apertura del ejercicio presupuestario (BOIB núm. 132, de 28 de septiembre de 2019), de acuerdo con el artículo 5.2.f) al tratarse de gastos financiados con fondos finalistas.

6. Estos expedientes contables están exentos de fiscalización previa según el Decreto ley 2/2019, de 4 de octubre, por el cual se establecen ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook sobre la economía de las Illes Balears (BOIB núm. 136, de 5 de octubre de 2019).

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de Servicio de Ocupación de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso administrativo de alzada ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Ocupación de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que disponen el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Contra la resolución del recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).

 

Palma, 31 de octubre de 2019

La directora de Servicio de Empleo de las Illes Balears Ana Aguaded Landero

 

ANEXO PERSONAS BENEFICIARIAS

Orden del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 11 de octubre de 2019, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores a los trabajadores vinculados a empresas incursas en un proceso de acreedores a consecuencia del concurso de acreedores de la empresa Thomas Cook (BOIB núm. 140, de 15 de octubre)

COD. EXP

APELLIDOS

NOMBRE

DNI

IMPORTE

DIAS DE ALTA A LA SEGURIDAD SOCIAL EN EMPRESA DISTINTA A LA EMPRESA IN DESTINATION INCOMING (01/10/2019-31/10/2019)

NÚM. CONCE.

TC097

GARRIDO GARCIA

VICTORIA

*133R

500,00 €

0

10803/2019

TC102

JIMENEZ LOPEZ

MARTA

*528L

500,00 €

0

10512/2019

TC103

COBOS MERINO

FRANCISCO JAVIER

*619C

500,00 €

0

10514/2019

TC104

CUEVAS OCHOA

CRISTINA

*149K

500,00 €

0

10515/2019

TC107

BONET HUGUET

MARIA

*949P

500,00 €

0

10518/2019

TC108

LLOMPART GARCIA

MARGARITA

*555Y

500,00 €

0

10519/2019

TC109

ARMIJOS FIGUEROA

JESSENIA ABIGAIL

*598K

500,00 €

0

10520/2019

TC111

MOREY DIAZ

LAURA

*771M

500,00 €

0

10521/2019

TC114

VELILLA DURAÑONA

ELSA

*545M

500,00 €

0

10524/2019

TC115

MANCEBO FERNANDEZ

RAQUEL

*116S

500,00 €

0

10526/2019

TC118

SOHN

MARION

*528L

500,00 €

0

10528/2019

TC119

LEON LOPEZ

RAFAEL DAVID

*317K

500,00 €

0

10529/2019

TC122

GUERREIRO NEIRO

SHEILA

*645Q

500,00 €

0

10535/2019

TC125

AQUINO

DIAFANA

*203D

500,00 €

0

10540/2019

TC126

ZURITA MIMENZA

SILVIA

*308M

500,00 €

0

10541/2019

TC128

SOCIAS POCOVI

BALTASAR

*775Z

500,00 €

0

10547/2019

TC131

BUENO RODRIGUEZ

MARTA

*874G

500,00 €

0

10555/2019

TC133

JAEN BAGUI

JENNIFFER PAOLA

*510V

500,00 €

0

10557/2019

TC134

BULLEJOS CHACON

SONIA

*015S

500,00 €

0

10559/2019

TC136

MORENO FERNANDEZ

ANA BELEN

*440V

500,00 €

0

10591/2019

TC137

DIAZ GARCIA

SARA PAULINA

*807E

500,00 €

0

10595/2019

TC139

SARTO BUZZI

CRISTINA

*358L

500,00 €

0

10601/2019

TC140

DURAN

SOLEDAD

*450J

500,00 €

0

10804/2019

TC141

SILVERO LOZANO

SANTIAGO

*869A

500,00 €

0

10604/2019

TC142

NAVARRO SITJAR

DANIEL ADRIAN

*031J

500,00 €

0

10609/2019

TC143

FORNARIS FERRER

HELENA

*461T

500,00 €

0

10611/2019

TC145

ALVAREZ ALVAREZ

SILVIA

*474R

500,00 €

0

10614/2019

TC149

RIERA SGRAI

DAVID JUAN

*265H

500,00 €

0

10618/2019

TC150

ROTGER VALLES

ROSA ANA

*985K

500,00 €

0

10620/2019

TC153

PHILIPPOTEAUX

CORINNE

*957Q

500,00 €

0

10581/2019

TC154

SOMMERFELD NIEMEYER

ANNE

*893S

500,00 €

0

10631/2019

TC156

BUENO RUIZ

JOSE MANUEL

*070X

500,00 €

0

10613/2019

TC158

CRUZ SORIA

ADRIAN

*512X

500,00 €

0

10622/2019

TC159

PARRA SALOM

RAQUEL

*178J

500,00 €

0

10639/2019

TC160

MONTERO GOMEZ

FUENSANTA

*435P

500,00 €

0

10650/2019

TC161

ROMERO BARCELO

VANESSA

*729X

500,00 €

0

10666/2019

TC163

ITAKODES

SATU LENA

*032X

500,00 €

0

10690/2019

TC164

SORIANO DIVINA

PAMELA JANE

*995G

500,00 €

0

10691/2019

TC165

HAGSTROM

ANNELIE

*914J

500,00 €

0

10693/2019

TC166

SUTIL RODRIGUEZ

MIRIAM

*587J

500,00 €

0

10694/2019

TC167

GOHL OSTERKAMP

MARCEL ALEXANDER

*807Z

500,00 €

0

10696/2019

TC168

JUAREZ TOMAS

CIPRIANO

*766R

500,00 €

0

10699/2019

TC170

JIMENEZ JIMENEZ

CARLOS

*980P

500,00 €

0

10700/2019

TC172

CANALES MEDRANO

SONIA

*314V

500,00 €

0

10704/2019

TC175

MORALES RODRIGUEZ

MIGUEL

*057T

500,00 €

0

10709/2019

TC176

RUBIO FEMENIAS

JUDITH

*200G

500,00 €

0

10712/2019

TC178

LAINE

JENNIFER MARIE

*962S

500,00 €

0

10718/2019

TC180

GONZALEZ GARCÍA

MARIA DE LOS ANGELES

*922L

500,00 €

0

10721/2019

TC181

KOWALSKA

JOLANTA

*943T

500,00 €

0

10724/2019

TC182

FUSTER DE AGUILAR

CARLOS

*885E

500,00 €

0

10725/2019

TC183

RODRIGUEZ MARTINEZ

SERGIO

*298N

500,00 €

0

10727/2019

TC184

MORETTI CARRASQUILLA

LUCAS

*904C

500,00 €

0

10730/2019

TC185

PEREZ CALDERON

ANTONIA

*623Z

500,00 €

0

10732/2019

TC187

PLANAS SANCHEZ

CATALINA

*339P

500,00 €

0

10733/2019

TC188

ZAHINOS ROZALEN

YOLANDA

*813V

500,00 €

0

10766/2019

TC189

BARCELO BARCELO

PAU

*154Q

500,00 €

0

10768/2019

TC190

BELTRAN GALLEGO

SANDRA

*827G

500,00 €

0

10769/2019

TC191

MORENO MORENO

CATHERINE

*933Q

500,00 €

0

10772/2019

TC195

VERD SERRA

CATALINA

*219Y

500,00 €

0

10773/2019

TC196

ROSSELLO RAMIS

MARIA NOELIA

*466S

500,00 €

0

10775/2019

TC197

MARTORELL CERRATO

JUAN

*999V

500,00 €

0

10776/2019

TC201

PEREZ MARTINEZ

SERGIO

*426V

500,00 €

0

10782/2019

TC202

FRUCTUOSO COLOM

SERGIO

*697E

500,00 €

0

10785/2019

TC219

STARODUBTSEVA

NATALIA

*682W

500,00 €

0

10737/2019

TC220

ROMERO SAN MILLAN

ENRIQUE

*851S

500,00 €

0

10741/2019

TC221

MOYA FERNANDEZ

JOSE

*877Y

500,00 €

0

10743/2019

TC222

PERELLO RAMIS

FRANCISCO

*141Y

500,00 €

0

10745/2019

TC223

ARANA TORRES

ISAAC

*392S

500,00 €

0

10747/2019

TC224

SERRA SEGURA

MARIA JOSE

*220M

500,00 €

0

10749/2019

TC225

QUESADA TRUYOL

RAQUEL

*116E

500,00 €

0

10751/2019

TC226

TEJERO DELGADO

FRANCISCO

*913W

500,00 €

0

10753/2019

TC227

MITCHELL LOZANO

ALEXANDER

*749Y

500,00 €

0

10754/2019

TC231

ARENA CAVALLER

MARCOS

*391T

500,00 €

0

10762/2019

TC232

ROMERO NAVARRO

JUANA

*290B

500,00 €

0

10767/2019

TC235

TSVETELINOVA ALEKSANDROVA

GABRIELA

*886G

500,00 €

0

10451/2019

TC236

FERRER OSMA

SANTIAGO

*052B

500,00 €

0

10455/2019

TC237

RODRIGUEZ LLABRES

MARTA

*839K

500,00 €

0

10458/2019

TC238

VERGARECHE DELGADO

HORACIO

*607G

500,00 €

0

10462/2019

TC239

VECCHI

ANABELLA

*966F

500,00 €

0

10465/2019

TC240

YEPES PEÑA

JULIANA ANDREA

*135T

500,00 €

0

10469/2019

TC241

BARCELO MARTORELL

FRANCISCA

*139A

500,00 €

0

10474/2019

TC242

FROILAN PUIGSERVER

ANDREU

*702Z

500,00 €

0

10479/2019

TC243

ALMAGRO CARRILLO

NICOLAS

*652M

500,00 €

0

10487/2019

TC244

SPYRA

KLAUDIA MONIKA

*416L

500,00 €

0

10494/2019

TC245

MUNTANER VIVES

JOAN

*627D

500,00 €

0

10498/2019

TC246

CERDA NADAL

JUAN

*094J

500,00 €

0

10770/2019

TC247

VIVER SALORT

FRANCISCA ANGELES

*141B

500,00 €

0

10774/2019

TC249

BENITEZ GALLARDO

ALBA

*416L

500,00 €

0

10780/2019

TC258

SALORT FUSTER

JOAN

*821Y

500,00 €

0

10523/2019

TC259

DE LA CRUZ ALONSO

ELENA MARIA

*940R

500,00 €

0

10527/2019

TC260

CERDA MARCH

MARIA ANTONIA

*541M

500,00 €

0

10530/2019

TC263

MODINO COLOM

CLARA

*718P

500,00 €

0

10546/2019

TC264

POL NORLING

SUSANA

*013G

500,00 €

0

10552/2019

TC265

PIQUERAS BAUTISTA

MARIA NAIMA

*943J

500,00 €

0

10553/2019

TC268

HERNANDEZ ZAPATA

LUISA VICTORIA

*456P

500,00 €

0

10605/2019

TC269

MORAGUES CARBONELL

ESTEVE

*239Z

500,00 €

0

10608/2019

TC270

CASTELLET GINARD

RAFAEL

*852R

500,00 €

0

10612/2019

TC271

CANEDO CARRILLO

PILAR

*958M

500,00 €

0

10615/2019

TC272

MARCOS SANCHEZ

LAURA

*798R

500,00 €

0

10617/2019

TC273

PUJALS HARO

MARIA DEL MAR

*792F

500,00 €

0

10619/2019

TC275

VILLALONGA MORELL

FELIPE

*574M

500,00 €

0

10621/2019

TC277

PONS DUSTER

MARGARITA

*800X

500,00 €

0

10628/2019

TC278

ROCA TORRES

JUAN MARCOS

*957N

500,00 €

0

10630/2019

TC279

MARTOS MACKOW

MARCELA CECILIA

*649P

500,00 €

0

10634/2019

TC280

ADAMUZ JIMENEZ

MARIA ISABEL

*026C

500,00 €

0

10638/2019

TC281

MARTINS COSTA

ALCINO TOMAS

*078X

500,00 €

0

10648/2019

TC283

BINIMELIS JAUME

PEDRO ANTONIO

*773C

500,00 €

0

10654/2019

TC286

ISERN MASCARO

JORGE

*940L

500,00 €

0

10660/2019

TC287

VALBUENA MORENO

DAVID

*288N

500,00 €

0

10661/2019

TC288

PARRA HIDALGO

ALBA

*479J

500,00 €

0

10698/2019

TC289

PAVEL

BONDAREV

*535H

500,00 €

0

10695/2019

TC291

SHEKOUFNDEH

HALEH

*065L

500,00 €

0

10703/2019

TC292

SISMANIDOU

IOANNA

*796H

500,00 €

0

10707/2019

TC293

VALADO FERRER

JOSE M

*652S

500,00 €

0

10710/2019

TC294

BAOS ZILBAUER

MARTIN

*046A

500,00 €

0

10717/2019

TC295

MAIMO BLANCO

LAURA

*285S

500,00 €

0

10720/2019

TC296

ZAIA BERTOLINI

MARIA LILA

*955Z

500,00 €

0

10723/2019

TC297

POLINTANG ANCHETA

ANA PAMELA

*054A

500,00 €

0

10726/2019

TC302

TEJADA NAVARRO

MERCEDES

*498X

500,00 €

0

10792/2019

TC303

IZQUIERDO OCHOA

LORETO

*454K

500,00 €

0

10794/2019

TC304

ZDRAVKOVA

DODREVA GERGANA

*137R

500,00 €

0

10796/2019

TC306

RODRIGUEZ GOMEZ

JOSE ANTONIO

*330A

500,00 €

0

10263/2019

TC308

RICCO

FERNANDO MARTIN

*101G

500,00 €

0

10633/2019

TC309

CUELLAR MARTIN

MARC

*151Z

500,00 €

0

10636/2019

TC317

MARTORELL RIPOLL

CATERINA FRANCESCA

*077Y

500,00 €

0

10637/2019

TC320

FERRER MARTINEZ

ANTONIO DAVID

*053A

500,00 €

0

10645/2019

TC356

ORTUÑO PRESCOLI

JOAN JOSEP

*262X

500,00 €

0

10807/2019

TC364

MAS BARCELO

ALBERT

*605N

500,00 €

0

10791/2019

TC388

GALLARDO GIBERT

ANA MARIA

*725F

500,00 €

0

10799/2019

TC390

FRANSSON PANIAGUA

MONICA

*133A

500,00 €

0

10802/2019

TC391

BLANCO PLANAS

CRISTINA

*528A

500,00 €

0

10816/2019

TC393

JANER TOMAS

JUAN

*399k

500,00 €

0

10820/2019

TC394

FILIP BODUR

ANA MARIA

*308H

500,00 €

0

10821/2019

TC395

TRUJILLO OLARTE

MARIA PAULA

*840N

500,00 €

0

10823/2019

TC398

SCHUMANN

JULIA

*762D

500,00 €

0

10836/2019

TC399

HOERNIG GEB IRION

PETRA

*647S

500,00 €

0

10841/2019

TC400

KEIL

TORSTEN

*674L

500,00 €

0

10846/2019

TC405

LARA FERNANDEZ

FRANCISCO

*456D

500,00 €

0

10850/2019

TC406

KENNY WILEY

REBECCA

*061G

500,00 €

0

10851/2019

TC409

MOSBERGER OSWALD

VEIT ANDREAS

*303L

500,00 €

0

10853/2019

TC412

KALBITZER

MARTINA

*993D

500,00 €

0

10859/2019

TC413

SCHELFHOUT

ASTRID

*039X

500,00 €

0

10860/2019

TC415

VERDEJO GUERRERO

JOSEP ANTONI

*942Q

500,00 €

0

10862/2019

TC420

RAMIS ALOMAR

JORDI

*465J

500,00 €

0

10865/2019

TC421

ROMAGUERA ORDINAS

JUAN

*774M

500,00 €

0

10867/2019

TC422

SEGUI MESTRE

JOAN MIQUEL

*773V

500,00 €

0

10868/2019

TC423

MULLER

INES

*204T

500,00 €

0

10870/2019

TC424

BAÑUELOS BERASATEGUI

MARIA ESTIBALIZ

*006E

500,00 €

0

10869/2019

TC425

SEGUI MESTRE

MARIA ANTONIA

*355M

500,00 €

0

10871/2019

TC429

SANCHEZ LORENZO

ANDREA

*254M

500,00 €

0

10873/2019

TC431

MORANTE JIMENEZ

FRANCISCO

*830L

500,00 €

0

10810/2019

TC433

SOCIAS LLULL

JOANA MARIA

*846X

500,00 €

0

10812/2019

TC439

GUARDIOLA TEJEDOR

PEDRO ARNALDO

*512K

500,00 €

0

10938/2019

TC441

MAYORAL CALLEJA

RAQUEL

*440G

500,00 €

0

10942/2019

TC442

LINNKANP

DIRK

*546Q

500,00 €

0

10946/2019

TC443

PERELLO COMPANY

MARGALIDA

*233H

500,00 €

0

10947/2019

 

TOTAL      78.000,00 €