Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 11170
Propuesta de resolución del director general de Residuos y Educación Ambiental y Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio de convocatoria pública para presentar candidaturas a los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible del Govern de les Illes Balears para el año 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

El BOIB núm. 30, del 11 de marzo de 2017, publica el Decreto 10/2017, de 10 de marzo, por el cual se crean y regulan los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible.

El objeto de los premios es el reconocimiento público de iniciativas de educación ambiental para el desarrollo sostenible llevadas a cabo por los centros educativos de les Illes Balears durante el curso escolar que se determine.

En el artículo 6.1 del citado Decreto se prevé que la Conselleria de Medio Ambiente anuncie periódicamente una convocatoria pública para la presentación de candidaturas a los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible.

En el presupuesto general de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears per a 2020 se dispone, en la partida 15601 G/571B01 48000 00, de crédito suficiente para imputar estos premios.

En el artículo 6.2 del Decreto se establece que la resolución de la convocatoria debe contener las categorias de los premios que se convocan, la partida presupostaria, la composición del jurado, la descripción de la forma y el lugar de presentación de les candidaturas, la fecha límite para presentarlas y la dotación económica para cada uno de los premios.

El informe del Servicio de Educación Ambiental, de 13 de septiembre de 2019, es favorable a la convocatoria pública en los términos que es detallan a continuación.

Per todo ello, propongo al conseller de Medi Ambient i Territori que dicte una resolución en els seguientes términos:

RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar la convocatoria de los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible de les Illes Balears para el año 2019.

Segundo

Aprobar los términos de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Reolución.

Tercero

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears y ordenar que entre en vigor el dia después de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la via administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el conseller de Medi Ambient i Territori en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 i 124 de la Ley39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de les administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del dia siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 19 de setembre de 2019

El director general de Residuos y Educación Ambiental

Sebastià Sansó i Jaume

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, 22 de octubre de 2019

El conseller

Miguel Mir Gual

 

Anexo 1 Convocatoria

1. Objeto de la convocatoria.

1. Se convoca la presentación de candidaturas a los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible para el curso escolar 2019-19 en las categorías siguientes:

a. Premio Centro Educativo hacia el Desarrollo Sostenible Global, en reconocimiento a una trayectoria de mejora continuada en el proceso de ambientalitzación integral del centro y en la implicación en la mejora del entorno. Esta categoría tendrá tres clasificados: el primero, para el más destacado, y el segundo y el tercero, para dos trayectorias de referencia.

b. Premio Centro Educativo hacia el Desarrollo Sostenible Específico, en  reconocimiento a una actuación destacada o de referencia en el ámbito de la sostenibilidad energética. Esta categoría tendrá también tres clasificados: el primero, para el más destacado, y el segundo y el tercero, para dos trayectorias de referencia.

2. Se valoraran de manera especial las actuaciones que recojan el máximo de contextos de acción: la participación de toda la comunidad educativa, la gestión ambiental del centro, el currículum y la difusión y la implicación hacia el entorno.

2. Premios

1. Se establece para cada categoría de los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible para el año 2019 los siguientes importes económicos:

• Primer clasificado: 3.000€

• Segundo clasificado: 2.000€

• Tercer clasificado: 1.000€

2. El total de estas cuantías, 12.000€, irán a cargo de la partida presupuestaria 15601 G/571B01/48000/00 o equivalente del ejercicio presupuestario 2020.

 3. En el caso que haya dos o más candidaturas premiadas en una categoría, el importe previsto en la convocatoria para esta categoría se ha de distribuir a partes iguales entre las candidaturas premiadas.

4. Además del premio económico, los ganadores recibirán un diploma acreditativo.

5. Se pueden conceder menciones honoríficas a las candidaturas que no hayan ganado el premio pero que se consideren de un interés especial.

 

3. Jurado

1. Se nombra el siguiente jurado:

Presidente: Sebastià Sansó i Jaume, director general de Residuos y Educación Ambiental.

Vocales:

• Catalina Vallbona Adrover, técnica de la Dirección General de Residuos y Educación Ambiental.

• Sebastián Pancracio Pou Font, jefe del Servicio de Educación Ambiental.

• Cristina Gallardo Nielsen, jefa de la Sección XIV del Servicio Jurídico, como titular. Y Elora Oliver Fonseca, Hugo Morata Casellas y Mireia Escalas Mayol, como suplentes del Servicio Jurídico.

• Francesc Bennàssar Lluís, jefe del Negociado V del Servicio de Educación Ambiental, que, además, actuará como  secretario.

2. Para la constitución válida del jurado es necesaria la asistencia del presidente y del secretario y al menos de la mitad de los miembros.

3. La candidatura ganadora de cada premio ha de tener, como mínimo, la mayoría simple de votos favorables de los componentes del jurado. Los premios también se pueden declarar desiertos por mayoría simple.

4. El jurado ha de presentar la propuesta motivada de adjudicación de los premios al consejero de Medio Ambiente y Territorio, quien ha de resolver el otorgamiento del premio y ordenar que se notifique a las personas interesadas.

4. Solicitud

1. Se establece el modelo de documento para formalizar la solicitud de las candidaturas que figura como anexo 2.

2. Pueden obtener los premios los centros educativos de las Illes Balears de educación infantil, educación primaria y secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos que hayan llevado a cabo un proyecto de ambientalización del centro durante el curso escolar 2018-19.

3. Pueden presentar las propuestas de candidaturas indistintamente cualquier miembro del jurado, los consejos escolares de los centros educativos, las asociaciones de padres y madres de alumnos y cualquier persona física a título individual, mediante un escrito dirigido al consejero de Medio Ambiente y Territorio. Para cada candidatura, se han de hacer constar los datos del centro educativo que se propone, la categoría y una descripción sintética de la actuación y de los méritos que justifiquen la candidatura.

4. La propuesta, que en ningún caso puedes ser formalizada por la dirección del centro u otro cargo en representación del mismo centro que se propone, junto con una memoria detallada que justifique la candidatura, se puede presentar en el registro de la Consejería de Medio Ambiente y Territori o en cualquiera de las formas que prevé el Artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. La memoria tiene que concretar la finalidad de las actividades llevadas a cabo y su descripción, contemplando el grado de participación de la comunidad educativa, la integración curricular, la gestión ambiental del centro, la difusión y la implicación hacia el entorno.

6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, en caso que la propuesta no cumpla los requisitos o no incorpore toda la documentación, la Administración ha de requerir a la persona interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o presente la documentación preceptiva, con la indicación de que si no lo hace, la Administración considerará que desiste y archivará el expediente, previa resolución que se dictará de acuerdo con el artículo 21 de la mencionada Ley.

5. Plazo

El plazo para presentar las candidaturas comienza al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y acaba el día 31 de diciembre de 2019.

Documentos adjuntos