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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 11137
Aprobación de los perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Pollença respecte a los conocimientos de lengua catalana a exigir en los procedimientos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo correspondientes a los grupos, cuerpos y escalas del personal funcionario y a las categorías profesionales de naturaleza laboral

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Texto

Mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2019, se han aprobado los perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Pollença respecte a los conocimientos de lengua catalana a exigir en los procedimientos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo correspondientes a los grupos, cuerpos y escalas del personal funcionario y a las categorías profesionales de naturaleza laboral.   

Requisitos del personal funcionario

a) Administración general

                     Grupos

       Conocimientos de lengua catalana

A1, A2 y C1

                 Certificado de nivel C1

C2

                 Certificado de nivel B2

Excepción:

- Agente seguridad Casa Consistorial (C2)

                

                  Certificado de nivel B1

b) Administración especial

                     Grupos

       Conocimientos de lengua catalana

A1 y A2

                 Certificado de nivel C1

C1 y C2

                 Certificado de nivel B2

Requisitos del personal laboral

                     Niveles 

       Conocimientos de lengua catalana

Niveles 0, y i II

                 Certificado de nivel C1

Excepción:

- Asesor/a lingüístico (nivel 0)

                

                 Certificado de nivel C2/LA

Niveles III y IV

                 Certificado de nivel B2

Excepciones:

- informador/a turístico (nivel III)

- mediador/a cultural  (nivel IV)

- técnico/a locutor/a radio (nivel IV)

                

                  Certificado de nivel C1

Excepciones:

- capataz (nivel III)

- sepulturero (nivel III)

- auxiliar clínica (nivel III)

- oficial 1ª (nivel IV)

                 

 

                  Certificado de nivel A2

Niveles V y VI

                  Certificado de nivel A2

Excepciones:

- notificador (nivel V)

- bidel colegio (nivel V)

                

                   Certificado de nivel B1

Lo que se hace público en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios electrónico del web del Ayuntamiento de Pollença (http://www.ajpollenca.net), a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra el citado acuerdo, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, de forma alternativa, los siguientes recursos: o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante el Pleno, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, a interponer ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo; todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer aquellos otros recursos que consideren procedentes.

 

Pollença, 7 de noviembre de 2019

El Alcalde ​​​​​​​Bartomeu Cifre Ochogavia