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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 11135
Aprobación inicial de la modificación parcial del artículo 11 del reglamento de organización y funcionamiento del consejo escolar municipal de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep, en sesión ordinaria realizada el 31 d' octubre 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

-Propuesta de modificación parcial del artículo 11 del reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar Municipal de Sant Josep de sa Talaia de creación del Consejo Escolar Municipal (CEM) de Sant Josep.

“.../... es decir por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación se ACUERDA:

Primero. Aprobar inicialmente la modificación parcial del artículo 11 del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar Municipal de Sant Josep de sa Talaia, que quedará de la siguiente manera:

Art. 11. Para la composición del Consejo Escolar Municipal se tendrá en cuenta que haya una presencia lo más equilibrada posible de hombres y mujeres. Integrarán el Consejo Escolar Municipal, en concordancia con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 10/2003, de 14 de febrero, los siguientes miembros: Presidencia: alcalde o alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o persona en quien delegue. Vicepresidencia: designado por el Ayuntamiento entre los miembros del Consejo Escolar Municipal. Los vocales, que serán:

a) Cuatro en representación del mismo Ayuntamiento, el cual garantizará la presencia de los grupos con más representación. Estos vocales serán designados por el alcalde o alcaldesa, oída la Junta de Portavoces.

 (...)

Segundo. Que se someta a información pública mediante anuncio en el BOIB, tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento por un período mínimo de treinta días para formular reclamaciones, objeciones y observaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 20/2006. Si no se presentara ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo inicialmente adoptado se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso.”  

El cual se publica para generar conocimiento

 

Sant Josep de sa Talaia, 7 de noviembre de 2019

El alcalde

Josep Marí Ribas