Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 11085
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas de fecha 11 de octubre de 2019, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente, en fecha 11 de octubre de 2019, firmó la siguiente Resolución:
«Informe / Propuesta de Resolución / Resolución desistimiento de de las ayudas a las inversiones agrárias.
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Ayuda a las inversiones a las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA 2016_2
GRUPO: INEA 2016_2_2RES 8662
Antecedentes
1. Con Fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la cual se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 31 de diciembre de 2016, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 211 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Los interesados señalados en el Anexo I han presentado una solicitud de desistimiento de la ayuda.
Fundamentos de derecho
1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la cual se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.
2. Orden del Consejero la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Propuesta de resolución
Por todo ello, se informa desfavorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Dar por desistida las solicitudes de ayuda detalladas en el anexo I, que son un total de 1 expedientes y que comienza con ECO SON MAYOL SLU y termina con ECO SON MAYOL SLU.
2. Finalizar el procedimiento y archivar los expedientes.
3. Notificar esta resolución al interesado mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra aquesta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar de el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, i el articulo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 11 de octubre de 2019
El gestor de la linea La jefa de Sección I El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
Àgueda Jordà Moncho Mª Angeles Pérez Ribas Isidre Cañellas Simonet
Conforme con la propuesta, dicto resolución
Palma, 11 de octubre de 2019
El vicepresidente del FOGAIBA
Gabriel Torrens Llabrés »
ANEXO
RELACIÓN DE SOLICITUDES A DESISTIR
Sol·licitant |
Núm. exp. |
Motius del desistiment |
ECO SON MAYOL SLU |
INEA2016_2/019 |
Comunicació de desistiment de dia 29/07/2016 |
Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta al servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de la Reina Constanza, 4 de Palma).
Palma, 16 de octubre de 2019
El director gerente del FOGAIBA
Mateu Morro Marcé