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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 11001
Extracto de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Marratxí a las asociaciones de carácter social para el ejercicio de 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Ref. BDNS 479825

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Podrán solicitar subvenciones: las asociaciones o entidades de carácter social sin ánimo de lucro constituidas legalmente como tales, registradas y con domicilio en el municipio de Marratxí.

Podrán solicitar subvenciones:

A) Entidades y asociaciones de carácter social, sin finalidad de lucro, domiciliadas en el municipio.

B) Personas físicas, en representación particular o de un grupo, para iniciativa de carácter esporádico, sin finalidad de lucro y con residencia en nuestro municipio.

C) Cuando se trate de agrupaciones físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, tendrán que explicar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de la concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán la consideración de beneficiarios. 

Segundo. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria fomentar, impulsar e incentivar mediante el otorgamiento de subvenciones, la organización y el desarrollo de actividades  y programas en materia de servicios dentro del ámbito social que redunden en beneficio de los ciudadanos de Marratxí.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Marratxí.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total a otorgar para esta convocatoria es de 10.000 € (partidas presupuestarias 231.02.48900 por gasto corriente y 231.02.78900 por gasto de inversión con un límite de 2.200 €) con un importe máximo de 4.000 € por entidad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Será de quince días hábiles a contar a partir de la publicación de estas bases en la página web municipal. 

 

Marratxí, 4 de noviembre de 2019

El Alcalde, Miquel Cabot Rodríguez