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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 10883
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Rectificación error material Decreto 15.095 aprobación bases para cubrir 22 plazas vacantes de policía local mediante procedimiento extraordinario

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Texto

El concejal de Hacienda, Innovación y Función Pública, por resolución número 21.591 de 30 de octubre de 2019, acordó lo siguiente:

1. Subsanar el error material, observada el anexo 1 de las bases aprobadas Decreto 15095 y publicadas en el BOIB núm. 110 de 10 de agosto para cubrir 22 plazas vacantes de policía local, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, escala Básica, grupo C, subgrupo C1, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la Oferta pública de empleo para el año 2019, mediante el procedimiento extraordinario;

Y rectificar, en el sentido de que:

Allí donde pone

B) Temas de la segunda fase de la prueba de conocimientos:

1.  Ordenanza reguladora del uso cívico de los espacios públicos.

Título I. Disposiciones generales.

Título II. Sobre el uso cívico de los espacios públicos.

Título III. Instrucciones comunes sobre el régimen sancionador y otras medidas de aplicación (artículos del 13 al 20).

2.  Ordenanza municipal de circulación de Palma.

2.1 Objeto y ámbito de aplicación.

2.2 Circulación, Normas generales

2.3 Ordenaciones circulatorias especiales: ACIRE.

2.4 Medidas cautelares y complementarias.

2.5 Paradas y estacionamientos, usos y prohibiciones.

2.6 Motivos de inmovilización y retirada de vehículos a la Ordenanza.

3.  Cultura general del término municipal de Palma.

3.1 Historia y evolución de la ciudad.

Debe poner:

B) Temas de la segunda fase de la prueba de conocimientos:

1. Ordenanza reguladora del uso cívico de los espacios públicos.

Título I. Disposiciones generales.

Título II. Sobre el uso cívico de los espacios públicos.

Título IV. Instrucciones comunes sobre el régimen sancionador y otras medidas de aplicación (artículos del 13 al 23).

2. Ordenanza municipal de circulación de Palma.

2.1. Objeto y ámbito de aplicación.

2.2. Circulación, Normas generales

2.3. Ordenaciones circulatorias especiales: ACIRE.

2.4. Medidas cautelares y complementarias.

2.5. Paradas y estacionamientos, usos y prohibiciones.

2.6. Motivos de inmovilización y retirada de vehículos a la Ordenanza.

3. Cultura general del término municipal de Palma.

3.1. Historia y evolución de la ciudad.

2. Publicar esta resolución en la web del Ayuntamiento de Palma y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

  

 Palma, 4 de noviembre de 2019

El jefe de Departamento de Personal,

p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)

Antoni Pol Coll