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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 10891
Información pública de la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El pleno del ayuntamiento en sesión de 31 de octubre de 2019 ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana.

Modificaciones:

Con la puesta en marcha del convenio de colaboración con la Agència Tributària de les Illes Balears para la gestión de expedientes sancionadores en materia de tráfico y seguridad viaria, es necesario aclarar la tipificación de las infracciones específicas relativas al capítulo IV de esta ordenanza y que no están contempladas en el Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad viaria. Por este motivo se han añadido los artículos 50bis i 50ter relativos a las infracciones y régimen sancionador de este capítulo.

Supresión de los artículos 97 a 116, que fueron derogados por la disposición derogatoria de la Ordenanza reguladora de la gestión de residuos urbanos; Butlletí Oficial de les Illes Balears, BOIB, nº 48, de 22.04.2017).

Correcciones ortográficas y de errores en el texto aprobado definitivamente el 2007.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 102 de la Ley autonómica 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, las modificaciones de la ordenanza se someten a información pública para que pueda examinarse el expediente y formular reclamaciones, objeciones u observaciones, con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de información pública: treinta días hábiles a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

b) Oficina de presentación: registro general, oficinas municipales, C/ Petit, nº 1, (de lunes a viernes, de 9 a 14 horas).

c) Órgano ante el cual se ha de reclamar: pleno del ayuntamiento.

Si no se presenta ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo inicialmente adoptado se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.

 

Alaró, 4 de noviembre de 2019

El Alcalde

Llorenç Perelló Rosselló