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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 10886
Exposición pública de la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalías)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El pleno del ayuntamiento, en sesión de 31 de octubre de 2019, ha aprobado provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalías), (exp. nº 1617/2019); que recoge los siguientes cambios, se modifican los artículos 16 y 17, incorporando y especificando el sistema de autoliquidación, así como la gestión a través de la Agència Tributària de las Illes Balears (ATIB).

Se añaden las disposiciones transitorias primera y segunda para aclarar la forma en que se gestionaran aquellas solicitudes ya presentadas, así como aquellas que se puedan presentar durante el período de implementación del convenio con la ATIB hasta que entre en vigor, que se prevé para el 1 de diciembre de 2019.

Se actualizan los artículos 3, 4, 6.2, 10 y 14 relativos a la exención, no sujeción al impuesto, sujeto pasivo y bonificaciones, ajustándolas a lo dispuesto en los artículos 104 a 110 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, respecto a este impuesto.

Texto refundido completo de la ordenanza

El acuerdo provisional se expone al público durante el plazo de treinta días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB); durante este plazo las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada la modificación tributaria.

Lo que se hace público de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

 

Alaró,  4 de noviembre de 2019

El alcalde

Llorenç Perelló Rosselló