Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 10801
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta del director general de Cooperación Local y Patrimonio, por la que se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal de la marca núm. 2.911.499, “Mallorca Illes Balears” (logotipo) al Consejo de Mallorca y a la Fundación Mallorca Turisme (Exp. SP 206/2019)
Con fecha 22 de octubre de 2019, el director general de Cooperación Local y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears es la titular de la marca núm. 2.911.499, “Mallorca Illes Balears”, con el distintivo correspondiente (logotipo), debidamente registrada y en vigor conforme a la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, que le confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla en el tránsito económico; y la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB), regulada per Decreto 18/2018, de 22 de junio, que tiene, entre otros como objeto genérico, la estrategia turística de las Illes Balears, adscrita a la consejería competente en materia de Turismo, es la encargada de mantener y gestionar la marca mencionada.
2. Con fecha 2 de septiembre de 2019, se registró entrada, núm. 1462 en la AETIB, escrito del consejero de Turismo y Deportes del Consejo de Mallorca, en el que expone que, cuando el Gobierno de las Illes Balears transfirió en el año 2018 las competencias en promoción turística al Consejo de Mallorca mediante Decreto 7/2018 de 23 de marzo, no se incluyó la cesión y/o autorización al Consejo de Mallorca del logotipo que hasta ahora se utilizaba para la promoción turística de la isla de Mallorca.
3. Con fecha 24 de septiembre de 2019, el director de la AETIB emitió memoria explicativa en la que acredita la finalidad pública e interés social que supone la cesión de uso gratuita y temporal de la marca (logotipo) y considera necesaria la cesión por un período de un año prorrogable con un preaviso mínimo de 3 meses por cualquiera de las partes, sin perjuicio que la Fundación Mallorca Turisme pueda hacer uso de la marca, en pro de la utilidad pública e interés social.
4. Con fecha 25 de septiembre de 2019, el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente de la AETIB dictó resolución instando a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores a iniciar expediente de cesión de uso gratuita y temporal de la marca núm. 2.911.499, “Mallorca Illes Balears”, con el distintivo correspondiente (logotipo) al Consejo de Mallorca por el período de tiempo y en los términos descritos en la memoria explicativa y justificativa dictada por el director de la AETIB.
5. Con fecha 14 de octubre de 2019 se dictó resolución de inicio del expediente de cesión de uso gratuita y temporal por parte del director general de Cooperación Local y Patrimonio.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 63 y 64, por remisión de los artículos 72, 87.g), y el 88.f), todos ellos de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, todos ellos del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. La Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
4. El Decreto 18/2018, de 22 de junio, por el cual se reorganiza, se reestructura y se regula la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears.
5. Los artículos 21.1, 22 i 34 de la Ley 15/2006, de 17 de octubre, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears.
6. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).
7. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).
8. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).
9. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el que se nombra a los altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).
Propuesta de Resolución
Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:
1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal de la marca núm. 2.911.499, “Mallorca Illes Balears” (logotipo) al Consejo de Mallorca y a la Fundación Mallorca Turisme.
2. Establecer que la cesión de uso gratuita y temporal es por un período de un año, a contar desde la formalización del acta de entrega, prorrogable tácitamente por períodos anuales con un límite de veinte años.
3. Determinar que las dos partes, en cualquier momento anterior al vencimiento de la cesión o de sus prórrogas, pueden dar por finalizada la cesión de uso gratuita y temporal, siempre que notifiquen a la parte contraria con un mínimo de tres meses de antelación al final de cada período de vigencia.
4. Anotar las características de esta cesión en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente recurso Contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 22 de octubre de 2019
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores
Rosario Sánchez Grau
El director general proponente
Francesc Miralles i Mascaró