Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 10826
Informe propuesta de resolución / resolución de desistimiento
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2015-2020
Medida: 6.4 Inversiones en actividades no agrícolas
convocatoria: INNA2017_1 grupo: Exp. núm .: 015
Antecedentes
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2017, ayudas de minimis para inversiones en actividades no agrícolas.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el di a 16/10/2017.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y la documentación aportada, el interesado Antonio Marqués Ferrer con NIF 42945385 S, con núm. exp INNA 2017_1 / 015, no ha aportado la licencia de obras que se le pidió mediante publicación en la web del Fogaiba con fecha 20 de agosto de 2018 y por tanto procede a denegar su solicitud de ayuda.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2017, ayudas de minimis para inversiones en actividades no agrícolas
2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
3. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
4. Ley 35/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución de desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Considerar desistida la solicitud de ayuda presentada por Antonio Marqués Ferrer con NIF 42.945.385 S, con núm. exp INNA 2017_1 / 015, dado que no ha presentar la licencia de obras, que se le pidió con fecha 20 de agosto de 2018
2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo del expediente.
3. Notificar la resolución al interesado.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/16, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.
Palma, 24 d'octubre de 2019
El gestor de la línea Jose Carretero Oleza |
La jefa de la Secció Mª Angeles Pérez Ribas |
El jefe del Servicio de Ayudes al Desarrollo Rural |
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Isidre Cañellas Simonet |
Palma, 28 d'octubre de 2019
El vicepresident del FOGAIBA Gabriel Torrens Llabrés